Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 2582 Agencia de Viajes

hace 4 años

Hola, Mi pregunta es sobre el consumo de días de paro. Estando en ERTE con la prorroga del 31 de octubre y la nueva desde 1 Febrero, se van gastando los días o como he oído en algunos casos si y en otros no según si hay despido y cuando se produce. Gracias por la respuesta. Saludos,

Responde

Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

hace 4 años

Apreciada Srta. Sonia,

 

A raíz de la pandemia provocada por el Covid-19, desde marzo 2020 se ha venido elaborando normativa en aras de proteger a los trabajadores. De este modo, el primer Real Decreto 8/2020 reconoció que todos los trabajadores afectados por un ERTE tendrían derecho a la prestación por desempleo (aunque no tuviesen tiempo mínimo cotizado para tal derecho) y, además, no consumiría paro durante el tiempo que estuviesen de ERTE derivado del Coronavirus.

 

Posteriormente, se han ido elaborando nuevos Reales Decretos que venían a proteger el desempleo y a extender estas medidas indicadas en el párrafo anterior.

 

El Real Decreto 24/2020 prolongó estos dos derechos hasta el 30 de septiembre de 2020, posteriormente el Real Decreto 30/2020 alargó el derecho a la prestación por desempleo hasta el 31 de enero de 2021, y el Real Decreto 2/2021 la amplió hasta el 31 de mayo 2021.

 

Ahora bien, la ampliación hasta el 31 de enero 2021 no contempló la parte relacionada a la no consumición de paro (solo se amplió en el sentido de tener derecho a desempleo sin tener el tiempo mínimo cotizado).

 

Consecuentemente, no se consume paro por la prestación disfrutada mientras se estaba dentro de un ERTE (bien sea de Fuerza mayor, o causas ETOP) hasta el 30 de septiembre de 2020. Pero a partir del 1 de octubre de 2020 sí que se consume paro.

 

 

Miquel Planas

Abogado

mplanas@monlexabogados.es