Despido procedente por manipular el control horario
La reiteración del incumplimiento horario como causa legítima de despido disciplinario: análisis de la STSJ País Vasco de 2 de octubre de 2025 20 octubre, 2025 (09:23:18)La sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) el 2 de octubre de 2025 constituye un pronunciamiento de especial relevancia en el ámbito del derecho laboral, al abordar con rigor jurídico la procedencia del despido disciplinario de una directora de oficina bancaria por incumplimiento reiterado del horario laboral y manipulación del sistema de control horario.
El caso se origina en el seno de una entidad financiera de primer orden, CaixaBank, donde la trabajadora desempeñaba funciones de dirección en una oficina ubicada en un municipio vizcaíno. Durante un periodo de tres meses, se acreditó que la empleada incurrió en faltas de puntualidad graves y reiteradas, consistentes en aperturas tardías de la oficina, siendo ella la única empleada en el centro. Esta conducta generó perjuicios directos a varios clientes y afectó negativamente la imagen corporativa de la entidad.
Además de las faltas de puntualidad, se constataron ausencias injustificadas en diversas jornadas laborales. Lo que agrava la conducta es la manipulación deliberada del sistema de control horario, con el propósito de ocultar los incumplimientos. Esta actuación revela una voluntad consciente de eludir las obligaciones contractuales, vulnerando de forma flagrante el principio de buena fe que rige toda relación laboral.
La trabajadora impugnó el despido, alegando su improcedencia. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social número 11 de Bilbao como el TSJPV consideraron que la sanción de despido fue proporcionada a la conducta observada. La Sala de lo Social del TSJPV rechazó el recurso interpuesto por la trabajadora, afirmando que los hechos probados configuran una conducta reiterada, prolongada en el tiempo y carente de cualquier circunstancia que pudiera eximir o atenuar la responsabilidad.
Desde una perspectiva jurisprudencial, esta sentencia se inscribe en la línea doctrinal consolidada por el Tribunal Supremo, que ha reiterado que el incumplimiento grave y culpable de las obligaciones laborales, especialmente cuando se produce de forma reiterada y afecta a la organización del trabajo, puede justificar la extinción del contrato por causas disciplinarias conforme al artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
La manipulación del sistema de control horario, además, constituye una infracción especialmente grave, al implicar una alteración dolosa de los mecanismos de verificación de la jornada laboral. Esta conducta no solo vulnera la confianza empresarial, sino que compromete la veracidad de los registros exigidos por la normativa vigente en materia de control horario, introducida por el Real Decreto-ley 8/2019.
La sentencia del TSJPV, aunque no firme, ofrece una guía interpretativa de gran utilidad para los profesionales del derecho laboral. Reafirma la importancia de la puntualidad, la transparencia y la buena fe en el desempeño de funciones laborales, especialmente en puestos de responsabilidad. Asimismo, pone de relieve que la reiteración en el incumplimiento, acompañada de conductas fraudulentas, puede justificar la medida más severa en el ámbito disciplinario: el despido.
Este pronunciamiento judicial refuerza la exigencia de responsabilidad en el ejercicio de la actividad profesional y la defensa de los intereses legítimos de las empresas frente a conductas que comprometen su operativa y reputación. En definitiva, se trata de una resolución que contribuye a delimitar con precisión los contornos de la transgresión contractual y la proporcionalidad de la respuesta empresarial.
Miquel Planas
Abogado de MONLEX
mplanas@monlexabogados.es
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