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3 noviembre, 2025 (03:55:25) Por Monlex Abogados, en Economía

Ley 2/2023. La A.A.I. aplaza el inicio del registro del responsable

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Han pasado dos meses desde que la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) inició oficialmente su actividad sancionadora el 1 de septiembre de 2025. Sin embargo, el esperado registro del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII), cuya fecha límite debía ser el 1 de noviembre, continúa sin estar operativo.

En un escenario que combina avances normativos y cierta dosis de paciencia institucional, la Autoridad ha confirmado que el formulario electrónico para comunicar el responsable del canal interno aún no está disponible, y que, por tanto, el cómputo del plazo legal no ha comenzado.

Un proceso técnico… y político

En comunicaciones recientes remitidas desde la Presidencia de la A.A.I., el propio organismo ha reconocido que la implantación de la sede electrónica y del formulario oficial “depende de varios ministerios” y, en consecuencia, no existe una previsión cierta sobre cuándo podrá ponerse en marcha.

Según la Autoridad, una vez habilitado el formulario en su portal web, las entidades dispondrán de dos meses para comunicar formalmente el nombramiento del responsable, acompañando el acta o acuerdo correspondiente y, en su caso, la documentación de representación. Hasta entonces, y de forma expresa, el plazo no puede computarse.

La A.A.I. también ha reiterado que la comunicación deberá realizarse a nivel estatal, incluso para aquellas comunidades autónomas que cuenten con autoridad propia en materia de protección del informante. En el caso de grupos empresariales, bastará con una única comunicación para el conjunto del grupo; además, se admite que el responsable sea extranjero o esté radicado fuera de España, siempre que figure designado expresamente también para las entidades españolas.

Calma y previsión: el equilibrio necesario

Ante la ausencia del canal de registro y la falta de un calendario oficial, la recomendación más sensata es mantener la calma, pero no bajar la guardia.Las empresas, especialmente las del sector turístico, deben aprovechar este compás de espera para consolidar la parte interna del cumplimiento:

- Documentar formalmente el nombramiento del RSII mediante acuerdo o acta del órgano de administración.

- Mantener el canal interno de información plenamente operativo, conforme a los requisitos de la Ley 2/2023, garantizando confidencialidad, anonimato, trazabilidad y respuesta dentro del plazo legal de tres meses.

- Preparar la documentación y verificar que el sistema cumple con los estándares exigidos, de modo que el registro ante la A.A.I. sea un mero trámite cuando el portal esté disponible.

Un retraso que invita a la reflexión

La Ley 2/2023, de protección del informante, y el Real Decreto 1101/2024, que aprobó el Estatuto de la A.A.I., nacieron con el propósito de reforzar la transparencia y la integridad institucional en España. La puesta en marcha efectiva del organismo el pasado septiembre fue un paso firme en esa dirección. Sin embargo, este nuevo retraso en la operativa del registro del responsable demuestra, una vez más, la complejidad administrativa que rodea la implementación práctica de un marco normativo tan ambicioso.

Aun así, el objetivo sigue claro: garantizar que los sistemas internos de información sean reales, seguros y eficaces, más allá de los plazos y de las demoras inevitables de la gestión pública.

Conclusión: la integridad no se detiene

En definitiva, aunque el registro del responsable del canal interno aún no sea una realidad formal, la obligación de disponer de un sistema interno conforme a la ley sigue plenamente vigente. Las empresas que ya lo han implementado demuestran compromiso y previsión; las que aún están en ello, disponen de una breve ventana para ponerse al día.

En palabras que bien podrían resumir el momento actual: la protección del informante avanza, aunque el formulario todavía no. Mientras tanto, prudencia, cumplimiento y serenidad —valores esenciales tanto en el derecho como en la buena gestión— deben guiar la actuación de todas las entidades.

Guillermo Caro

Abogado de MONLEX

gcaro@monlexabogados.es

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