Un trámite necesario que no supone pronunciamiento alguno

LA CNMV admite a trámite la solicitud de OPA de eDreams

La OTA quiere adquirir el 3,5% de su capital a 6,90 euros por acción, lo que supone cerca de 31,4 millones

Publicada 24/06/24 18:33h
LA CNMV admite a trámite la solicitud de OPA de eDreams

Hace una semana eDreamsOdigeo solicitaba al organismo supervisor la autorización oficial para lanzar la oferta pública voluntaria de adquisición parcial de sus propias acciones (OPA), que anunció el pasado 30 de mayo. Este trámite de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, CNMV no supone luz verde a la operación ni pronunciamiento alguno sobre la misma, pero supone un paso más hacia adelante para que se lleve a cabo.

La pasada semana eDreams Odigeo ratificó ante el supervisor bursátil los términos y condiciones de la oferta, que se plantea sobre un máximo del 3,57 % de su capital social a un precio de 6,90 euros por acción, lo que supone unos 31,4 millones de euros.

El pasado 28 de febrero de 2024 eDreams comunicó al mercado que el consejo de administración aprobó un plan de recompra de acciones para adquirir hasta un máximo de 5,5 millones de acciones de la compañía por un total de 50 millones de euros, con el fin de cumplir con las obligaciones derivadas de los planes de incentivos basados en la entrega de acciones a los beneficiarios de los mismos. Para acelerar el plan, la compañía decidió reemplazar la recompra de acciones por la opa, por lo que el programa de recompra de acciones quedó suspendido.

LA CNMV admite a trámite la solicitud de OPA de eDreams
La CNMV ha admitido a trámitela solicitud de autorización de la OPA de eDreams. Fuente: eDreams

La CMNV ha acordado admitir a trámite la solicitud de autorización presentada por eDreams Odigeo para la formulación de una oferta pública voluntaria parcial de adquisición de sus propias acciones, "al entender que el folleto y los demás documentos presentados, tras la documentación registrada el 19/06/2024, se ajustan a lo dispuesto" en el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.

"La admisión a trámite de la referida solicitud no supone pronunciamiento sobre la resolución relativa a la autorización de la oferta, ni de sus términos y condiciones, que deberá producirse conforme a los plazos y demás requisitos previstos en el artículo 21 de la precitada norma", puntualiza la CNMV.

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