El Tribunal Supremo confirma la condena a Ryanair por vulnerar el derecho a huelga

La Audiencia Nacional ya condenó a la aerolínea por las prácticas realizadas en los paros de los tripulantes convocados por USO en 2022 y 2023

El Tribunal Supremo confirma la condena a Ryanair por vulnerar el derecho a huelga

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El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional contra Ryanair por vulneración del derecho a huelga y libertad sindical en las huelgas de tripulantes de cabina de la aerolínea convocadas por USO en 2022 y 2023.

La Sala de lo Social del Alto Tribunal da la razón a USO-Sector Aéreo y vuelve a confirmar la vulneración de derechos fundamentales por parte de la aerolínea, según informa el sindicato.

La central sindical explica que Rynair llevó a cabo prácticas como ocultar información al comité de huelga sobre vuelos protegidos y su asignación a los tripulantes de cabina (TCP), "esquirolaje" o la apertura de expedientes sancionadores como medida intimidatoria, entre otras actuaciones llevadas a cabo en las tres convocatorias de huelga de 2022.

El Tribunal Supremo en la sentencia ha ratificado la de la Audiencia Nacional de 22 de diciembre de 2023, aunque exclusivamente referida a Ryanair DAC

Declara que “la conducta por la empresa demandada ha vulnerado los derechos a la libertad sindical de los sindicatos convocantes y el derecho de huelga de los trabajadores que participaron en las huelgas convocadas en junio y julio de 2022 y desde el 8 de agosto hasta el 7 de enero de 2023". Se mantiene la condena a abonar 187.515 euros a los sindicatos demandantes como consecuencia de la gravedad de la conducta de Ryanair DAC (Ryanair Designated Activity Company) -la principal filial operativa del grupo irlandés-, detalla USO.

El Supremo confirma la condena a Ryanair por impedir el derecho a huelga

"El derecho a la huelga en este país está esencialmente limitado a unos servicios mínimos abusivos que, aunque, posteriormente sean revisados en el orden jurisdiccional, llegan tarde en su reparación, puesto que las conductas observadas son cuestionadas muy tarde. Por tanto, la justicia tardía pierde su valor", sostiene USO-Sector Aéreo.

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