Canal de denuncias: el registro del Responsable del Sistema Interno de Información
8 octubre, 2025 (10:32:15)A un mes de la fecha límite prevista por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, para el registro del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII), muchas empresas —incluidas numerosas del sector turístico— se preguntan cómo y cuándo podrán cumplir formalmente con esta obligación.
Desde la Presidencia de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), organismo estatal que inició su actividad el pasado 1 de septiembre de 2025, se ha confirmado recientemente que el proceso de comunicación se encuentra en fase final de desarrollo técnico y que, en los próximos días, se habilitará el Canal específico para el Responsable del Sistema Interno de Información a través de la web oficial de la Autoridad.
El contexto: un nuevo marco de cumplimiento en marcha
La entrada en funcionamiento de la A.A.I. ha supuesto el inicio efectivo del control y supervisión sobre los sistemas internos de información exigidos por la Ley 2/2023, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 sobre protección del informante.
Este sistema, comúnmente conocido como canal interno o canal de denuncias, constituye una herramienta esencial de transparencia y prevención en las organizaciones. La AA.I. tiene la misión de garantizar su correcto funcionamiento, proteger al informante y sancionar el incumplimiento de las obligaciones legales.
El registro del RSII: aclaraciones relevantes de la Autoridad
Desde la Presidencia de la A.A.I. se introducen varias aclaraciones de gran relevancia práctica para las empresas:
1. Retraso técnico y flexibilidad temporal
- Aunque la Ley establecía como fecha límite el 1 de noviembre de 2025, la Autoridad ha reconocido que el portal oficial aún no está plenamente operativo.
- En consecuencia, no habrá consecuencias legales por esperar estas semanas, e incluso se prevé una ampliación de un mes adicional si el sistema no estuviera disponible antes de final de octubre.
2. Nuevo impreso especial y canal específico
- El registro se realizará mediante un impreso especial que deberá cumplimentarse en el Canal del Responsable del Sistema Interno de Información dentro de la web oficial de la A.A.I.
- Se requerirá la documentación acreditativa de la representación de la entidad y el acta o acuerdo de nombramiento del responsable.
3. Competencia estatal preferente
- La A.A.I. confirma que todas las entidades obligadas deben remitir la información directamente a la Autoridad estatal, incluso en comunidades autónomas que cuenten con su propio órgano de control.
4. Responsables en grupos empresariales y fuera de España
- En el caso de grupos de empresas, bastará una única comunicación del responsable designado para el conjunto del grupo.
- Se admite que el responsable sea extranjero o esté radicado fuera de España, siempre que haya sido formalmente nombrado para las entidades del grupo que operan en España.
- En todo caso, la compañía deberá mantener un canal interno operativo en España, aunque se integre dentro de un sistema supranacional.
5. Obligación de comunicar los ceses
- En caso de sustitución o cese del responsable, deberá comunicarse expresamente a la A.A.I. e incluir una explicación de las causas.
Recomendación práctica: avanzar en el cumplimiento
Estas precisiones aportan tranquilidad, pero no deben generar complacencia. El plazo formal se mantiene y la obligación de implantar el sistema interno y designar responsable sigue plenamente vigente.
En el sector turístico, donde las empresas suelen operar con estructuras complejas y presencia internacional, resulta especialmente recomendable:
- Documentar formalmente el nombramiento del RSII mediante acta o acuerdo del órgano de administración.
- Mantener el canal interno de información plenamente operativo, conforme a los requisitos de la Ley 2/2023 (confidencialidad, posibilidad de denuncia anónima, trazabilidad, registro histórico, respuesta en tres meses, etc.).
- Preparar la documentación que deberá adjuntarse al formulario oficial en cuanto la web de la A.A.I. esté activa.
En definitiva, el cumplimiento en materia de canales internos de información debe abordarse con serenidad, previsión y rigor documental, no con improvisación.
Las empresas del sector turístico que ya han implementado su sistema y nombrado responsable están bien posicionadas. Quienes aún no lo han hecho disponen de una ventana breve pero suficiente para ponerse al día y evitar riesgos económicos y reputacionales.
Guillermo Caro Arteaga
Abogado de MONLEX
gcaro@monlexabogados.es
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