Las multas se podrían acercar al millón de euros

Turoperadores que facturan el 18% de IVA acusan de delito fiscal a los que aplican el 8%

Publicada 22/11/10
Turoperadores que facturan el 18% de IVA acusan de delito fiscal a los que aplican el 8%
La interpretación del Régimen Especial de las Agencias de Viajes (REAV), referente al IVA, está creando diferencias entre las agencias de viajes mayoristas. La diferencia incide directamente en la competitividad, ya que las mayoristas o turoperadores que aplican el 18% consideran ilegal la aplicación del 8% que realizan otras, que se traduce en un menor margen de rentabilidad para las primeras.
Varios turoperadores, especialmente mayoristas de estancias, se vienen lamentando de la situación irregular que se vive en el sector respecto al modo de cargar el IVA en la facturación. Se quejan de que mientras ellos tributan al 18%, según se especifica en el REAV, otros turoperadores y receptivos lo están haciendo al tipo reducido del 8%, que es el índice al que facturan los proveedores en su venta directa. 
 
Las mayoristas que facturan al 18% consideran que existe una situación de ilegalidad por parte de las agencias que tributan al 8% y, lo que más les molesta, se crea un agravio que incide directamente en la competencia entre unas y otras, ya que esa diferencia en la aplicación del IVA se traduce en aproximadamente un 1,8% menos de rentabilidad para las que aplican el 18%. Un índice extremadamente alto dado el exiguo ratio de rentabilidad que existe en este sector, que en muchos casos apenas roza el 1%.
 
Ante esta situación, la asociación andaluza de agencias AEDAV encargó un informe técnico al bufete Cubero y Grana, especializado en fiscalidad, cuyas conclusiones están siendo remitidas a las agencias y turoperadores asociados.
 
Agravio para la agencia ante el proveedor
 
El informe comienza señalando la situación de discriminación y perjuicio en que se encuentran las agencias de viajes respecto a los proveedores en su venta directa, ya que mientras que aquellas tienen que tributar el IVA al 18%, estos lo hacen al 8% ?lo que les impide competir en condiciones de igualdad?.
 
Pero el informe se centra especialmente en la conducta de aquellas agencias mayoristas (turoperadores) que también está tributando al 8%. Y es que, mientras que la práctica de los proveedores es discriminatoria pero legal, en el caso de las mayoristas que pagan un 8% de IVA están actuando ilegalmente, según el bufete. 
 
Delito fiscal, sanciones de hasta seis veces la cantidad defraudada
 
El informe concluye asegurando que ?el tipo aplicable en el REAV es del 18% y no del 8% como algunas agencias de viajes vienen aplicando?, y advirtiendo que ?las agencias de viajes que vengan aplicando el tipo reducido del 8% infringen la Ley y Reglamento del IVA, y se arriesgan  a que  ante una posible  Inspección Tributaria del  IVA se les levante Acta por infracción, debiendo pagar las cuotas no ingresadas, más el recargo correspondiente y los intereses, y en determinados supuestos, a partir de 120.000 euros por ejercicio, pueden incurrir en delito fiscal?.
 
En este sentido, cabe destacar que las posibles inspecciones y sanciones afectan al año en curso y los cuatro anteriores. El delito fiscal se castiga con pena de prisión de uno a cuatro años y multas que se sitúan entre la cantidad defraudada y hasta seis veces más.
 
Por otro lado, varias mayoristas y agencias realizan las ventas online a través de sociedades establecidas en Canarias y Ceuta, con regimenes tributarios mucho más suaves.
 
El caso de los paquetes
 
El informe argumenta que los  aspectos  básicos  del  contenido  del  REAV, según el ?artículo  141  de  la  Ley  37/1992, de 28 de diciembre, del IVA, establece en el apartado uno? afecta a ?las operaciones realizadas por las agencias de viajes cuando actúen en nombre  propio respecto de los viajeros y utilicen en la realización del viaje bienes entregados o servicios prestados por otros empresarios o profesionales. A efectos de este régimen especial, se considerarán viajes los servicios de hospedaje o  transporte prestados conjuntamente o por  separado y, en su caso, con otros de carácter accesorio o complementario de los mismos?. 
 
Y específicamente referido a los paquetes, el mencionado artículo se refiere como ?las  operaciones realizadas por los organizadores de circuitos turísticos en los que concurran  las circunstancias previstas en el número anterior?, por lo que ?conforme a los artículos  citados, la  agencia que  presta servicios de alojamiento y transporte, actuando  en  nombre propio frente a los viajeros, y utilizando a estos efectos bienes o servicios de otros empresarios o profesionales, deberá aplicar a estos servicios el régimen especial de agencias de viajes?, es decir, ?la agencia de viajes  ingresará el 18% de  IVA sobre  el margen bruto (diferencia entre la factura de venta al cliente menos las  facturas  recibidas de los prestadores de los servicios con el IVA incluido)?.
 
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com)
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Comentarios 5
Respecto a las mayoristas que facturan desde Canarias, si estás abonan comisión ( autofactura) el iva de la comision está exento. Si facturan a la minorista por netos (frecuente en caso de grupos) el margen de la minorista está sujeto al iva 18% saludos
NO entiendo el comentario anonimo , de \"que imagen \" en el que nos hace una sisntesis de lo dicho en esta breve debate fiscal , y solo se extraña de que haya puntos e intereses contrapuestos. Yo lo único que saco en claro es que hay operadores de costa que estan dando un comision con el 8% de iva y en vez del 18 que marca la ley. El problema lo tiene el que incumple la, ley ya que o bien factura por el neto y el minorista marca su margen y tributa por el al 18 % o tiene que pagar el IVA de la intermediacion sobre la comision cedida al intermediario 18 % Sobre el punto que me referia al traslado a Canarias del domicilio fiscal de al de las marcas Orizonia, Globalia , MArsol , Eurothel de Europlayas , y otras , a situacion es similar , ya que en el momento en que hacienda decida que el que se benecicia del tipo canario es el vendedor ( Mayorista), no el distribuidor ( Minorista) habrá problemas. La venta del producto se realiza en la peninsula , por lo que el hecho impositivo se realiza en la peninsula y la comision se raliza en la peninsula por lo tanto esta sujeta al 18 %. Es como si un par de zapatos fabricado en Canarias , se vende en Madrid y vendedor de Madrid no paga IVA sobre su margen porque en Canarias no hay IVA . Existe un valor añadido y este es la comisión en el caso de la agencias de viajes. LA cual en el caso de la intermediacion , como dice la ley tributa al 18 %
Avatar rafaberj rafaberj hace 13 años
La verdad que vaya imagen, se está dando. Por un lado el Sr. Borja se queja de un beneficio, es decir que una empresa le factura con un IVA menor y le da mas comision y esto sirve de comienzo al resto de comentarios. Por otro lado el Sr. Iñigo Fernandez nombre a 2 grandes grupos y a una mayorista de estancias, pero olvida poner a todo el resto de mayoristas de estancias que tambien se han trasladado a facturar a Canarias que no a trabajar desde Canarias y todo por la diferencia de IVA y del pago del impuesto del IVA. Por otro lado Daniel Rodriguez, defiende a la asociacion ADETURE, asociacion a la que por dar ejemplo deberian estar unidas y asociadas, pero esto no ocurre por ejemplo con algunas como Opentours / Mas Cerca. Por otro lado tenemos a Angel de Opentours / Mas Cerca el cual achaca la situacion de algunos de los asociados de ADETURE por falta de asociacionismo, cosa que él no practica en esa asociacion, pero no hace falta irse a facturar a Canarias, tambien se puede crear una nueva sociedad en Melilla o en Ceuta por su régimen tributario de IVA. Puede decir Angel que no la tiene? Aqui tambien nos olvidamos aquellos que por tributar en Canarias, ceutas o Melillas y con el ahorro de IVA que esto les produce, estan dando sobrecomisiones. En fin, que aquí cada uno mira por sus intereses y entre todos nos estamos fomentando cada dia mas la venta directa.
Tras las alusiones a la Asociación de Turoperadores de Estancias, ADETURE, por parte de Â"Borja BÂ", al que no tenemos el placer de conocer y no ceo que lo consigamos, sólo unas líneas para informarle de que no tenemos constancia de que ninguno de nuestros Asociados esté cometiendo ilegalidad alguna en su gestión administrativa. Nuestro objetivo, como no podría ser de otra manera, es la defensa de los intereses comunes de nuestros asociados y de todo el sector de las agencias de viajes, para lo que en el caso del I.V.A. y junto con otras Asociaciones y empresas, venimos invirtiendo importantes cantidades de dinero en la defensa ante el Gobierno y la Unión Europea de las condiciones fiscales más favorables que nos permitan competir en igualdad para garantizar el futuro de Turoperadores y Minoristas. Estamos convencidos de que este es el camino a seguir y no la continua descalificación interesada por parte de algunas empresas del propio sector que no hace más que generar desconfianza ante nuestros proveedores y clientes perjudicando seriamente a todo el sector de las agencias de viajes.
Y que pasa con las que se estan dezplazandoa Carnarias , Orizonia , Globalia , Marsol ....... Esos , no llegan ni a pagar el IVA , Los minoristas , segun el reglamenteo , debemos pagar el IVA , ya que la venta dse realiza en territorio comunitario