Pregunta 1102 Agencia de Viajes
hace 9 años
Responde
Miquel Planas Font
Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.
hace 9 años
Apreciada Inmaculada,
En relación a su consulta relativa a la posibilidad de poder ejercer sin problema alguno las funciones de Guía Oficial en Andalucía comentarle que siguiendo las previsiones presentes en el Decreto 8/2015, de 20 de enero, regulador de guías de turismo de Andalucía los requisitos, toda vez ya ha conseguido el Carné Oficial emitido por el Órgano Administrativo de Turismo habilitado a tales efectos, ya los tiene usted cumplidos con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Las autoridades pertinentes, al ejercer sus funciones y labores de Guía, le van a requerir portar encima el carné en vigor y de forma visible.
Muchas gracias por su consulta,