Pregunta 1205 OTA
hace 7 años
Responde
Joana Tremba
Abogada especialista en asesoría legal a empresas corporativas, OTAs, fundaciones y derecho sucesorio
hace 7 años
Como ya indicáramos en alguna consulta anterior del mismo tipo le indicamos que su consulta es muy extensa.
Tenga en cuenta que la creación de una OTA la puede hacer como persona física o como persona jurídica. Piense que también hay un componente fiscal que debe estudiar y valorar.
En función de la vía que tome los requisitos difieren. Por ello le invitamos a que nos contacte directamente para poder dar cumplida respuesta a su consulta.
Respecto del tiempo de los trámites burocráticos dependerá de la vía elegida.