Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 1212 Laboral

hace 7 años

Buenas tardes, Les escribo para hacerles la siguiente consulta: Un trabajador que hace una jornada de 6,40h al día durante 6 días a la semana, teniendo 1 día de fiesta semanal aleatorio (no es fijo). El convenio aplicable es el de hostelería de Cataluña, que dice 30 días naturales de vacaciones. Hace la siguiente solicitud de vacaciones: Lunes que sea mi fiesta de la semanal, y de martes a domingo vacaciones. Con lo cual disfrutaría de toda la semana libre (7 días) y sólo se contarían 6 como vacaciones, aún sin haber trabajado esa semana. ¿Esto es legal? Como empresario, ¿puedo imponerle que las vacaciones se tengan que coger por semanas enteras empezando un lunes? Si el empleado se niega, ¿qué se puede hacer?

Responde

Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

hace 7 años

Como sabe, la duración de las vacaciones deben pactarse entre empresario y empleado (en caso de no haber acuerdo, deberán acudir a los Juzgados de lo Social de su domicilio). La duración de las mismas se establecen en el Convenio Colectivo y, en ningún caso, tal y como viene marcado por Ley, el tiempo concedido al trabajador será inferior a 30 días naturales anuales (en este cómputo se incluyen domingos y festivos también) o lo que viene a ser lo mismo, 22 días laborales.

Ahora bien, para el cómputo de las vacaciones hay que tener presente que, tanto si el convenio estipula días naturales como laborables, las vacaciones deben empezar en día hábil, es decir, si el trabajador trabaja de lunes a viernes, las vacaciones empezarían el lunes siguiente, no el sábado, aunque sean días naturales. En el caso que se regulen días laborables, no computarán los días festivos y de descanso que haya en período vacacional.

Es por ello que se debe acudir al Convenio de Hostelería que afecte a su determinado sector y comprobar si se tipifica en días naturales o laborables y, consecuentemente, podrá saber si debe tener en cuenta o no el día de descanso.

Muchas gracias por su consulta,