Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 1223 Consumidores

hace 7 años

A/A de Dª Joana Tremba (Hosteltur) Le agradecería que me aclarara una duda que tengo de cara a la construcción real en derechos entre la ciudadanía de la U.E.: Tengo noticias de la existencia de la segmentación (discriminación) de precios en ciertas webs y cadenas hoteleras (por ej. creo que Meliá ha salido en la prensa por ello ) entre ciudadanos de la U.E. según su nacionalidad ya a la hora de cobrar más a españoles, ya a la hora de impedir a españoles contratar con ciertas webs que sólo admiten extranjeros de ciertos países de la U.E. A mi entender ello violaría la igualdad legal (isonomía) entre ciudadanos europeos, y en concreto varias directivas sobre competencia, de cara al consumo de bienes y servicios adquiridos por internet u otros medios. Tengo 2 preguntas sobre ello: de existir así: ¿Es legal, ora en la legislación nacional ora en la de la U.E.?, y en caso de ocurrir así administrativa, jurídicamente podría aconsejar sobre qué actuaciones podría tomar un cliente que contrata con una web y luego, siempre a mi entender, se le discrimina queriendo cobrarle un suplemento el hotel o invalidando éste la reserva por el "delito" de no ser extranjero en España o haber contratado por internet es decir con el hotel y/o con la web en que haya reservado qué actuaciones habría que tomar con una y con otra Mi esposa contrató algo similar, y sinceramente estoy algo intranquilo pero aparte de una cuestión propia, creo que es algo que de ser así es claramente discriminatorio: negarse a vender a alguien por su nacionalidad o querer cobrarle más ¿se lo imagina aplicado a la raza, religión, sexo...? , pues recuerdo el caso en una tienda de Palma de Mallorca que puso un cartel en el que informaba que no aceptaría la entrada a personas pertenecientes a cierto país europeo, y el dueño se vio obligado a retirarlo. ¿Puede por tanto una empresa radicada en la U.E. reservarse el derecho a vender sólo a unos ciudadanos de unos países de la U.E. y no a otros de otros países de la misma U.E.? Atte. José S.R. P.D.: Le ruego disculpe las molestias que mi correo haya podido causarle pero aparte de una cuestión personal creo que puede interesar a más personas que sí creen en el mercado único europeo y en tener iguales derechos y deberes entre ciudadanos de la U.E.

Responde

Joana Tremba Abogada especialista en asesoría legal a empresas corporativas, OTAs, fundaciones y derecho sucesorio

hace 7 años

Apreciado Sr. Sanchez,

El pasado febrero de 2018 el Parlamento Europeo aprobó el fin del bloqueo geográfico o geoblocking. No obstante indicar que dicha ley entrará en vigor 9 meses tras su publicación en el Diario Oficial de la UE y deberá ser ratificado por los Parlamentos de cada estado.

Esta nueva norma aprobada prohíbe el bloque geográfico injustificado y permitirá a los consumidores elegir la página web desde la cual desean realizar la compra online, sin ser redirigidos a otra web o incluso bloqueados debido a su nacionalidad, lugar de residencia o localización. Esto supondrá un paso más hacia un mercado único.

Enumeramos varios productos que se incluyen dentro de esta nueva normativa: entradas a espectáculos y parques de ocio, alquiler de vehículos y estancias hoteleras. Por el contrario, encuentran protección por derechos de autor: libros electrónicos, música o videojuegos quedando excluidos de la norma. Estos artículos sin embargo tendrán que ser revisados en el plazo de los dos años siguientes según la enmienda 96 de la normativa.

Conforme a la anterior explicación, indicar que una vez pasado el tiempo y se haya ratificado por los Parlamentos de cada estado, lo expuesto entrará en aplicación.