Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 2429 Agencia de Viajes

hace 7 años

Con una agencia de viajes de otra ciudad contraté mis vacaciones (todo por correo electrónico) les solicite estancia de hotel, parking y seguro de anulación, me confirman la reserva me dicen que ingrese 50 € para gastos y me envían un documento adjunto donde especifica la estancia en el hotel y en observaciones ponen que el cliente solicita reserva parking y seguro anulación, me indican la totalidad a pagar, forma de hacerlo y plazo máximo para hacerlo. Lo hago en el plazo fijado. A los dos días de estar en el hotel, tuve que cancelar mi estancia por problema familiar grave. Me dirijo a la agencia para solicitar a aplicación del seguro y me dicen que debido a un malentendido no lo hemos contratado porque no lo pagué, según su publicidad hay que hacerlo junto a la reserva. He seguido las indicaciones tal y como me decían y he pagado las cantidades en el plazo que me han dicho. Entiendo que hay una mala praxis por parte de la agencia y no me han dado el servicio que he solicitado ¿que puedo hacer?

Responde

Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

hace 7 años

Apreciado Sr. Gil,

 

Informarle de antemano que con la información que nos ha proporcionado no podemos darle una solución definitiva a su consulta, debido a que el despacho precisaría ver los correos que ha intercambiado con la Agencia de viajes, así como las condiciones del seguro de anulación.

 

No obstante, atendiendo la información que nos ha podido facilitar, podemos presuponer que existe una relación contractual acreditable y que usted abono un precio por Hotel, parking y  seguro de anulación. Asimismo, contrató el seguro de acuerdo con los términos y plazos pactados que se estipularon en la correspondencia electrónica que intercambió con dicha agencia. En virtud del artículo 1258 CC, las partes se obligan a lo que hayan pactado desde el momento en que se preste el consentimiento, es decir, desde el momento en que se efectúa el pago la agencia se obliga a lo pactado en la correspondencia electrónica, en este caso, en base a lo que nos indica usted, a proporcionar el seguro de anulación.

 

En ese caso, usted, atendiendo al artículo 8 de la Ley de Protección del Consumidor y Usuario, tendría derecho a la indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios causados. La mejor alternativa para la indemnización es a través del sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre consumidores , regulado en el artículo 57 de la LGDCU.

 

En el supuesto caso que deseara un asesoramiento más detallado del caso, no dude en contactar con nosotros a través de la dirección de correo electrónico mplanas@monlexabogados.es

 

Atentamente,