Pregunta 2432 Hoteles
hace 7 años
Responde
Mónica Julve
Abogada especialista en Derecho del Turismo, Propiedad Intelectual, Derecho Procesal.
hace 7 años
Buenos días,
Una vez presentada la hoja de reclamaciones ante el organismo competente, se inicia un trámite en el que se concede al empresario un plazo (en Baleares 15 días) para presentar sus alegaciones. Por tanto es ahí donde puede Ud. contestar a las manifestaciones y aportar todos los documentos oportunos para desacreditarlas en su caso.
En ningún caso puede Ud. acceder al apartamento ocupado por un huésped, salvo situación de emergencia. Lo que debe hacer si teme por la seguridad del resto de huéspedes es avisar a la policía para que acuda al lugar.