Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 2505 Agencia de Viajes

hace 5 años

Buenos días, respecto a las cancelaciones de viajes combinados con el nuevo decreto ley, En una de las respuestas del webinar, pone que los clientes no pueden rechazar el bono, y en otra pone que si el cliente rechaza el bono la agencia de viajes tiene la obligación de reembolsar el dinero. Es un poco contradictorio no ? Al final la agencia reembolsa el dinero si o si, entiendo. Y si es así, la mayorista no tiene también la obligación de reembolsar a la agencia minorista el importe del viaje en el momento en que el cliente rechaza el bono? En una de las respuestas he entendido como que no tiene obligación, que ambas agencias tienen que negociar. Gracias. Un saludo

Responde

Mónica Julve Abogada especialista en Derecho del Turismo, Propiedad Intelectual, Derecho Procesal.

hace 5 años

El Real Decreto Ley 11/2020 distingue entre los contratos de prestación de servicios y los contratos de viaje combinado. Si lo que se ha contratado es un servicio únicamente (hotel, billete, etc.) , el empresario deberá ofrecer alternativas al consumidor y si éste no las acepta, deberá proceder al reembolso en el mismo medio en que se realizó el pago. La diferencia es que si lo que se ha contratado es un viaje combinado, lo que establece el Real Decreto Ley 11/2020 es que la agencia podrá entregar un bono por una duración de un año. Si transcurrido ese año el consumidor no ha hecho uso del bono, la agencia deberá entonces proceder al reembolso en efectivo.

 

En cuanto a la relación entre mayorista y minorista, el Real Decreto Ley únicamente regula los contratos con consumidores por lo que no resultará aplicable a la relación entre empresarios. EN ese caso deberá estarse a lo previsto en el contrato suscrito.

Mónica Julve

Abogada

mjulve@monlexabogados.es