Pregunta 2510 hace 5 años en Agencia de Viajes
Respuesta por Mónica Julve hace 5 años
El Real Decreto Ley 11/2020 no ampara la cancelación de cualquier viaje, sino que lo que hace es establecer de qué modo debe procederse ante aquellos viajes cuya realización ha resultado imposible por causa del COVID-19. Los viajes previstos para agosto o septiembre, por el momento, no se han visto afectados ni resultan por ahora imposibles. Si el cliente quiere cancelarlos puede hacerlo, pero mientras no sepamos qué medidas estarán vigentes en agosto y septiembre, y si será posible o no realizar el viaje que tienen programado, mi conclusión es que no quedarían amparados por el Real Decreto Ley 11/2020.
Los reembolsos y la forma de proceder a ellos están regulados en el art. 36 del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, publicado en el BOE de 1 de abril 2020.
Mónica Julve
Abogada