Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 2589 Agencia de Viajes

hace 4 años

Buenos dias, Somos receptivos en Canarias. Nuestros grupos que vienen de Francia , reservados para abril y mayo 2020 han pospuesto las fechas para este abril y mayo 2021. Los turistas pueden viajar dentro de Europa. Canarias no esta cerrado ni impide a los turistas viajar. Hemos recibido un grupo la semana pasada ! Las agencias en Francia dicen que sus clientes estan esperando fechas para vacuna o otros motivos o no quieren viajar porque lo han decidido. Piden el reembolso total pero los provedores se quedan con los depositos como bono. Que tenemos que hacer ? Gracias saludos

Responde

Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

hace 4 años

Buenos días,

Muchas gracias por su cuestión.

En primer lugar agradecemos su consulta.  Lo primero que debe tenerse en cuenta es la legislación que aplica a los contratos. Ya que al ser receptivos en Francia no sé si estaréis  sometidos a legislación francesa o española. Si el legislación francesa, habrá que ver lo que dice la ley allí.

En relación a su consulta, desde Monlex entendemos, como usted comenta, que desde que Europa no se encuentra cerrado y cabe la posibilidad de desplazarse, si los turistas no quieren viajar es porque así lo han decidido. Por ello, el viaje no sería de imposible cumplimiento. Si así lo fuera si se deberían devolver las cantidades como establece el artículo 36.1 del RD del 31 de marzo, que establece; Si como consecuencia de las medidas adoptadas durante la vigencia del estado de alarma los contratos suscritos por los consumidores y usuarios, ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios, incluidos los de tracto sucesivo, resultasen de imposible cumplimiento, el consumidor y usuario tendrán derecho a resolver el contrato.

Por todo lo anterior, no existe la obligación por Ley de reembolsar dichas cantidades, ya que los turistas no están imposibilitados de realizar dicho viaje, si no, que se trata de una decisión que ellos han tomado, por miedo o prevención.

Pero efectivamente la cuestión es discutible. Es cierto que el RD 11/2020 habla de viajes de imposible cumplimiento, pero hay que tener en cuenta que dada la excepcional situación en la que nos encontramos, se puede entender que existe un motivo justificado para no querer viajar (en Francia están aplicando restricciones y recomiendan no desplazarse). Por tanto es posible que un juez sí entienda que está justificado.

 

Un saludo,

 

Sandra Roca

Abogada

sroca@monlexabogados.es