Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 2593 Agencia de Viajes

hace 4 años

Hemos efectuado una demanda contra Nautalia Viajes, dado que por covid se anuló, nuestro crucero de mayo 2019, dado que nos dijeron que tenian la obligacion por ley de efectuar la devolución de lo pagado, solicitamos la devolución del vuelo y dejamos la paga y señal de 50€ para un nuevo crucero, pasado mas de un año nos dijeron que no tenian el dinero para devolver que esperavan una refinanciación Ico, dado que no daban respuesta a nuestras reclamaciones, reclamamos a oficina del consumidor y nos indicaron que no estan adherido a ningún mediador, acosejandonos que fuéramos a juzgado, pusimos demanda verbal I ahora Nautalia nos indica que nos devuelve el importe rebajando 414€, por el seguro que eran 36€ y el resto comisión por gestión viaje, tampoco nos indica si seguimos teniendo los 50€ para un próximo crucero, MSC, nos indica que ellos han enviado bonos a las agencias para otros cruceros, pero ellos nunca nos lo han hecho llegar

Responde

Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

hace 4 años

Apreciada Sra. Vila,

 

Muchas gracias por su consulta.

 

Indicarle que, atendiendo la normativa de derecho comunitario (Directiva 2015/2302 que modifican el Reglamento 2006/2004 y la Directiva 2011, y también la Directiva 2006/12/CE) y el Real Decreto Ley 23/2018, junto a la relación de reales decretos que se han venido publicando a raíz de la pandemia a partir de marzo 2020, es importante destacar que las Agencias de Viajes tienen facultades para poder descontar del abono realizado, las cantidades correspondientes a gastos de parte del trabajo realizado. Sin embargo, se ven con la obligación de acreditar los gastos de viaje realizados para poder facturarles la comisión indicada.

 

Por otro lado, la decisión de interponer una demanda verbal y dirimir el presente asunto ante los Juzgados y Tribunales de su localidad, es una idea acertada. En sede judicial, nuestra sugerencia sería reclamar todas y cada una de las deducciones que le hubieren realizado y procedieran a su acreditación directa. En caso contrario, solicitar la reintegración de la cantidad total que legalmente les correspondiese, solicitando condena en costas.

 

Por último, en relación a los 50 euros abonados en concepto de paga y señal para un futuro y nuevo crucero, sería interesante que le hubiesen facilitado un resguardo de acreditación y justificación de dicha reserva. De ser así, en sede judicial Ud. podrá solicitar que le reintegren la cantidad o hacer valer su derecho para el futuro. Cuidado con la caducidad del bono.

 

Un cordial saludo,

Miquel Planas

Abogado

mplanas@monlexabogados.es