Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 2615 Agencia de Viajes

hace 3 años

Presenté una reclamación por un viaje que realicé a Murcia. Las deficiencias habidas en el hotel por instalaciones y servicios, que no coincidían con la oferta facilitada, supusieron que me arruinaran la estancia de mi familia. La reclamación que interpuse no sé si tuvo la consideración de denuncia o de reclamación. Solicité sancionaran al establecimiento por incumplimiento de la normativa turística. No quería reclamar compensación alguna. La Consejería de turismo medió con la Agencia, trasladando la reclamación al citado hotel y me ofrecieron 230 eur que están a mi disposición. Mi pregunta es por qué no se sancionó directamente al establecimiento en vez de facilitarme un bono. Es legal recurrir a la mediación de la autoridad turística con la empresa para solucionar el conflicto en vez de inspeccionar el establecimiento? ¿Qué requisitos legales existe para acudir a este tipo de resolución de conflicto, pues supongo que no todas las materias sobre las que versa una reclamación son susceptibles de acudir a la mediación unilateral por parte de la Consejería. Gracias.

Responde

José Antonio Fernández de Alarcón Roca Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

hace 3 años

Buenos días

Existe la posibilidad de presentar siempre una denuncia ante la inspección de turismo de cada comunidad autónoma.

Esta inspección realizará sus labores verificando los hechos vertidos en la denuncia. Si hay un supuesto de infracción iniciará un procedimiento administrativo para imponer una sanción que normalmente es económica. Durante el proceso el Hotel puede defenderse alegando lo que tuviera por conveniente. Esta vía no otorga ninguna compensación al usuario turístico. Es por ello que el sistema de mediación de la consejería de turismo intentó mediando con la agencia de viajes que ustedes tuvieran una compensación económica, como así fue.

Al margen de la denuncia ante la inspección o de la mediación entre la consejería, existe la posibilidad de plantear la vía de reclamación judicial por daños y perjuicios, pero dado que se trata de importes no muy altos normalmente el usuario turístico no la utiliza por ser demasiado cara y por extenderse en el tiempo.

Saludos cordiales,

José Antonio Fernández de Alarcon Roca

Abogado

mon-lex@mon-lex.com