Preguntas Asesoría legal turística Hosteltur

Pregunta 2649 hace 4 meses en Hoteles

Hola, soy responsable de un hotel y quería preguntar cómo podemos cumplir correctamente con la normativa sobre el registro de viajeros y, al mismo tiempo, con la protección de datos. En recepción queremos agilizar el proceso usando un escáner que lea automáticamente los datos del pasaporte o DNI de los clientes para no tener que introducirlos a mano. Pero he leído opiniones contradictorias, algunos dicen que no se puede escanear bajo ningún concepto, y otros dicen que se puede si no se guarda la imagen. ¿Qué se puede hacer realmente sin infringir la ley? ¿Cuál sería la opción más segura?

Respuesta por José Antonio Fernández de Alarcón Roca hace 4 meses

La aplicación del Real Decreto 933/2021 ha generado incertidumbre en el sector hotelero, especialmente en lo relativo al uso de escáneres para la lectura de documentos de identidad. En los últimos días hemos recibido múltiples consultas sobre si es posible escanear el DNI o pasaporte de los clientes únicamente para agilizar el proceso de registro.

En principio, no se puede escanear ni fotocopiar el documento de identidad del huésped. Para cumplir con el Real Decreto 933/2021, lo único necesario es recoger y conservar ciertos datos concretos (nombre, nacionalidad, número de documento, tipo de documento, fecha de entrada, etc.), durante un plazo de tres años.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado, en su nota del 17 de junio de 2025, que tomar una imagen completa del documento, aunque sea para extraer datos y luego borrarla, se considera equivalente a hacer una copia, lo cual vulnera el principio de minimización del RGPD.

Ahora bien, solo podría admitirse el uso de un lector OCR si se cumplen todas las siguientes condiciones de forma estricta:

  1. El sistema debe extraer únicamente los campos exigidos por el Anexo I del R.D. 933/2021.

  2. La imagen del documento debe ser eliminada de forma inmediata, sin dejar rastro en ningún sistema, backup ni registro de auditoría.

  3. Debe existir una Evaluación de Impacto (DPIA) que justifique este tratamiento y demuestre que se han aplicado medidas técnicas suficientes.

  4. El huésped debe estar informado expresamente de esta operación fugaz en la cláusula de privacidad.

En la práctica, la propia AEPD recomienda una vía más sencilla y conforme:

  • que el cliente rellene los datos (presencialmente o por vía digital), y

  • que el personal del hotel verifique visualmente el documento de identidad, sin hacer copia ni escaneo.

Escanear o fotocopiar el documento de identidad no está permitido salvo que se use un sistema OCR muy específico, que elimine la imagen de inmediato, esté auditado y cuente con una DPIA. En la mayoría de los casos, lo más seguro legalmente es no escanear: basta con recoger los datos necesarios y verificar el documento a la vista.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

Abogado de asesoría turística: José Pradel Alfaro José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1972). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 880.

Ejerce como abogado fiscalista en despacho propio desde 1978 y se incorpora como socio, en 2004, a la firma MONLEX, en la que desarrolla su actividad.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente impartiendo seminarios de formación para empresas.

Abogado de asesoría turística: Marc Ripoll Marc Ripoll Abogado especialista en Derecho Mercantil, societario, civil e internacional

Licenciado en Derecho Europeo, Internacional y Comparado de los negocios por la Universidad de Le Havre (Francia). Título Homologado al de “Licenciado en Derecho” (España). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4692.

A lo largo de su carrera profesional ha trabajado en diversos despachos de abogados en Francia, el Reino Unido y España. Se incorporó a MONLEXHISPAJURIS en el año 2006.

Abogado de asesoría turística: Mónica Julve Mónica Julve Abogada especialista en Derecho del Turismo, Propiedad Intelectual, Derecho Procesal.

Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona, habiendo cursado el último año en la Università degli Studi di Siena (Italia).

Inicia su carrera profesional en Barcelona, donde se incorpora en 1997 a la oficina de Barcelona de Baker & McKenzie como abogado especialista en litigios y arbitrajes. Posteriormente se incorpora al área legal de Meliá Hotels & Resorts, desde donde ha desarrollado su carrera profesional como Directora de Gobierno Corporativo, en el área de Legal&Compliance, acreditando una notable experiencia en materias relacionadas con derecho del turismo.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés e Italiano.

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