Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 38 Agencia de Viajes

hace 10 años

En el caso de hacer una factura a un centro escolar, de un grupo de viaje de fin de curso, por un circuito por la península: bus, hotel, guía, seguro, museos, restaurantes, etc. 1.Si como agencia minorista contratamos los servicios a cada proveedor por separado sin pasar por ninguna mayorista. ¿Con la nueva normativa de IVA podemos facturar el circuito al centro escolar con el IVA régimen general? ¿En caso afirmativo, debemos desglosar el precio pvp de cada uno de esos servicios o se puede dar al centro escolar un precio global por persona del circuito? 2. Algunos centros escolares sobre todo públicos, nos solicitan factura en el momento que nos deben ingresar una paga y señal por viajes que se producen meses más tarde. ¿Estamos obligados a hacer una factura o lo correcto sería hacer una proforma y luego facturar el total del viaje en la fecha en que realmente este se produce el mismo? Hay situaciones en que la paga y señal se realiza en distinto ejercicio por ejemplo en diciembre de 2014 para viajes que se realizan en abril de 2015.

Responde

José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

hace 10 años

Según establece la legislación vigente, las agencias minoristas estarán obligadas a aplicar el régimen especial cuando vendan en nombre propio al viajero o cliente final (es uno de los cambios introducidos por la reforma). Aún así, la nueva reforma incluye la posibilidad de renunciar a la aplicación del régimen especial y aplicar el régimen general si los servicios se prestan a empresarios o profesionales con derecho a deducción del impuesto.

En cuanto a la segunda cuestión, en las operaciones que originen pagos anticipados a la realización del hecho imponible, el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio, por los importes efectivamente percibidos.

Muchas gracias. Un saludo.