Asesoría legal turística Hosteltur FAQs


Pregunta 63 Hoteles

hace 10 años

Tengo una Pensión de 6 habitaciones en las que esta prohibido fumar y así lo indico en todas partes e incluso cuando los clientes hacen el check-in lo vuelvo a recordar, pero no todos lo cumplen. Mi pregunta es: puedo cobrar una multa cuando hacen caso omiso de esta norma de mi alojamiento? no es la primera vez que los siguientes clientes al fumador me rechazan la habitación ya que aunque hago limpieza a fondo con el consiguiente gasto extra, a veces, es imposible quitar el olor en unas pocas horas entre un cliente y otro.

Responde

José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

hace 10 años

Buenos días,

Ante la situación tan complicada que nos trasladas, debemos informarte de que-como suponemos tendrás conocimiento-, en la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco de 2005 y posterior modificación de fecha 2010 con entrada en vigor en 2011, se estableció que el propio dueño es responsable, junto con el cliente que fume en lugares no habilitados para ello, por permitir fumar en su establecimiento, pudiendo ser multados ambos. Por tu parte, no puedes imponer multa alguna al cliente, lo único que podrías hacer, si lo estimaras oportuno, es reiterarle al consumidor que está totalmente prohibido fumar, y en el caso de que hiciera caso omiso interponer la correspondiente denuncia contra su persona.

Recibe un cordial saludo.