Asesoría legal turística Hosteltur

Preguntas y Respuestas

Pregunta 25 hace 10 años en Hoteles

Buenos días, he comprado una grande casa en Tenerife y me gustaría convertirla en una pequeña pensión de 6 habitaciones con baño en régimen de alojamiento y desayuno. He estado mirando la normativa y no encuentro como solicitar la licencia de apertura correcta. Casa rural no podemos ser porque estamos en suelo urbano y casa emblemática tampoco porque nuestra casa por muy antigua que sea, no tiene valor cultural, histórico o arquitectónico. Estábamos pensando abrir como hotel urbano, pero no se si el numero de habitaciones sea un limite para este tipo de licencia. Muchas gracias y atiendo vuestra respuesta. Cordialmente, Elisa Maggioni

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Estimada lectora,

Si pensáis abrir como hotel urbano, lo primero que tenéis que conseguir es un informe de viabilidad que debe emitir el Cabildo. Toda la información está disponible en la propia web del Cabildo (http://www.tenerife.es/wps/portal/!ut/p/c0/04_SB8K8xLLM9MSSzPy8xBz9CP0os3g_f3NDM0MvIwP_sEBnA0-TkGCPYFczAwMTQ_1I_ShznPLBJvohIBMLivKTPVP0Iw3NLPWDU4v1C7ITkywcFRUB5wTpJQ!!/ ) incluso el formulario de solicitud (http://www.tenerife.es/wps/PA_1_CD5HDFH20GDU20IQT35B584U84/documentos/1650/010%20-%20InformeViableRural.pdf ).

Un saludo

Pregunta 24 hace 10 años en Seguros, riesgos y emergencias

Buenos días, tenemos un cliente que no quiso contratar seguro de anulación para un viaje combinado al Caribe. Unos días después canceló dicho viaje por embarazo de una de las contratantes del viaje y el touroperador nos pasó los gastos de cancelación. Nosotros descontamos de la señal entregada por el cliente dichos gastos de cancelación. Ahora el cliente reclama los gastos de cancelación vía judicial en juicio verbal alegando fuerza mayor. Como podemos actuar?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Estimado lector,

Tendréis que acudir al juicio en la fecha y día establecidos para defender vuestros intereses, debiendo aportar todos los documentos que demuestren vuestra correcta actuación, como sería el documento de renuncia del seguro firmado por los clientes, factura de los gastos de anulación que ha aplicado el proveedor, información que se puso a disposición de los clientes acerca de los gastos que se aplicarían en caso de cancelación del viaje, etc. Si la cantidad que os reclaman es superior a 2.000€, tendréis que ir acompañados de abogado y procurador. En caso de ser inferior, no será necesaria su intervención pero es muy recomendable el ir acompañados, al menos, de un abogado que pueda ayudaros a defender vuestros intereses de la mejor manera posible.

Recibe un cordial saludo.

Pregunta 22 hace 10 años en Agencia de Viajes

Un cliente reclama los gastos médicos tras sufrir ataques de ansiedad por claustrofobia en un crucero. ¿Tenemos que responder de esos gastos?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Estimado lector,

Se trata de un caso complicado. Nuestra recomendación es ponerse en contacto con el cliente y tratar de hacerle ver cómo era consciente de a dónde iba a pasar sus vacaciones y como dichos ataques de ansiedad escapan totalmente del control vuestro y de la propia crucerista. Además sería importante saber si el cliente ya venía sufriendo de este tipo de ataques con anterioridad y debía haberlo previsto o si se trata de un supuesto de fuerza mayor

Un saludo

Pregunta 21 hace 10 años en Agencia de Viajes

En mi agencia vendimos hace tres meses un paquete a un grupo familiar de 5 pax. para un viaje que sale en dos semanas. Pero el caso es que tras aquella venta el turoperador ha quebrado y tememos que cuando nuestros clientes lleguen al aeropuerto o al hotel les digan que no tienen reserva. ¿Qué podemos hacer?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Estimado lector,

Por injusto que parezca bajo la Directiva de Viajes Combinados y la Ley de Consumidores, sois responsables solidarios de la ventura y buen fin del viaje. Nuestra recomendación sería intentar confirmar con todos los proveedores porque si los clientes se quedasen "tirados" durante el viaje, no sólo tendríais que hacer frente a los servicios no prestados, sino también a los daños y perjuicios ocasionados y a los gastos de regreso.

Un saludo

Pregunta 20 hace 10 años en Agencia de Viajes

Si un crucero retrasa su salida dos noches ¿tengo que hacer frente a los gastos de alojamiento de los pasajeros?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días, En el supuesto de cancelación o de retraso en la salida de un crucero que requiera una estancia de una o varias noches o una estancia suplementaria a la prevista por el pasajero, el transportista, siempre y cuando sea materialmente posible, ofrecerá de forma gratuita un alojamiento adecuado, a bordo o en tierra, a los pasajeros que partan de las terminales portuarias, así como el transporte de ida y vuelta entre la terminal y el alojamiento. No obstante, tratándose de un viaje combinado puede reclamaros directamente a la agencia, ya que sois responsables solidarios como ya sabes. Un saludo

Pregunta 19 hace 10 años en Agencia de Viajes

Tengo un cliente que, tras haber tenido que modificar el hotel en destino por culpa de la central de reservas, al informarle nos ha pedido la anulación de lo contratado y devolución de la cuantía desembolsada. ¿Tiene derecho a esto?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Estimado lector, Si las partes no acuerdan otra cosa en cláusulas negociadas individualmente, el consumidor y usuario podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio.En el supuesto de que el consumidor y usuario no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.

Un cordial saludo

Pregunta 18 hace 10 años en Agencia de Viajes

Buenos días,Con relación a la respuesta a la segunda pregunta de esta página, querría repreguntar a Esther Monatalvá: ¿para que haya viaje combinado no es preciso que además de la venta de varios servicios sueltos esta se haga por un precio global para todos ellos? Yo tenía entendido que si al cliente se le ha expuesto que compra varios servicios sueltos, cada uno a su precio unitario, no tendría la agencia por qué asumir lo que la ley impone para los viajes combinados.Atentamente,

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días, Exactamente, estimado lector: Según el Artículo 151.1.a) del Texto Refundido de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios, esta es la definición de viaje combinado: «Viaje combinado»: la combinación previa de, por lo menos, dos de los elementos señalados en el párrafo siguiente, vendida u ofrecida en venta con arreglo a un precio global, cuando dicha prestación sobrepase las 24 horas o incluya una noche de estancia. Los elementos a que se refiere el párrafo anterior son los siguientes: i) transporte, ii) alojamiento, iii) otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento y que constituyan una parte significativa del viaje combinado. Por tanto, si cuando les ofreciste los servicios lo hiciste por precio individual, eres un mero intermediario de servicios sueltos. Pero hay que medir muy bien muy bien hasta qué punto estructuraste el viaje… una estrecha línea entre esto y lo que la jurisprudencia ha venido interpretando como paquetes dinámicos (combinación previa también sería “montarle” el viaje en tu mostrador, y precio global sería el que te pagó por todos los servicios juntos). Véase especialmente el artículo 150.2 del TRLDCU... Ten un buen día,

Pregunta 17 hace 10 años en Hoteles

Estoy montando un hostel en Cuenca y no existe legislación específica, he realizado varias consultas y no me resuelven las dudas, ¿qué normativa debería cumplir para no tener problemas a la hora de abrir el establecimiento?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Estimado lector, El hotel deberá cumplir con los requisitos que encontrarás en la siguiente normativa: - Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha - Decreto 4/1989, de 16 de enero, sobre ordenación y clasificación de establecimientos hoteleros, teniendo en cuenta las modificaciones realizadas mediante el Decreto 4/92 y el Decreto 17/2007, de 20 de marzo. Recibe un cordial saludo

Pregunta 16 hace 10 años en Agencia de Viajes

Unos clientes contrataron unos servicios sueltos, vuelo, traslados y hotel para Londres. El vuelo de British se canceló por problemas técnicos como les dijeron a los clientes en el mostrador de la compañía. Les dieron unos tickets para la cena y salieron al día siguiente. He tenido que modificar los traslados y la reserva del hotel con un coste importante. Los clientes quieren que les devuelva el dinero que corresponda a la primera noche...pero yo no soy culpable del problema de la compañía. Que tengo que hacer? Gracias.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Muy buenas tardes querido lector,

La combinación de vuelo, traslados y hotel supone un viaje combinado bajo la legislación española, por lo que ante la falta de prestación de un servicio, el cliente tiene derecho a reclamaros y vosotros tenéis derecho a reclamar posteriormente a la aerolínea.

Un saludo

Pregunta 13 hace 10 años en Agencia de Viajes

Soy agente de viajes y tengo clientes con reservas de hotel realizadas a través de una central de reservas, cuyo importe ya pagué a ese proveedor. Pero cuando los clientes han llegado al hotel, este les ha denegado la entrada porque la central de reservas no se las abonado, y no responden a mis llamadas. ¿Qué puedo hacer?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenas tardes, Si le has vendido la estancia a tus clientes dentro de un viaje combinado, tuya es la responsabilidad de que tus clientes tengan el servicio, por lo que la mejor solución es que te pongas de acuerdo con el hotel para atender el pago. Los clientes son completamente ajenos a los mecanismos de distribución existentes entre tu agencia, la central de camas y el hotel. Si lo has vendido como un servicio suelto, eres un mero intermediario, por lo cual tu obligación es ayudar a los clientes a reclamar su derecho a entrar, a poner las reclamaciones oportunas, …pero el obligado a asumir el coste es el hotel hasta que la central le liquide la reserva.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: José Pradel Alfaro José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1972). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 880.

Ejerce como abogado fiscalista en despacho propio desde 1978 y se incorpora como socio, en 2004, a la firma MONLEX, en la que desarrolla su actividad.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente impartiendo seminarios de formación para empresas.

Abogado de asesoría turística: Luisa González Pou Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

Graduada en Derecho y Máster de Abogacía por la Universidad de les Illes Balears (UIB). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears con el número 6480.

Se incorporó a MonlexHispajuris en 2016 y está especializada en responsabilidad civil corporativa.

Ejerce también en el departamento jurídico de una empresa del sector turístico.

Idiomas: Castellano

Abogado de asesoría turística: Miquel Planas Font Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

Licenciado en Derecho por la Universidad de las Illes Balears (junio 2013). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears (ICAIB) con el número 5647.

Máster en Derecho de Sociedades por la Universidad de las Illes Balears (2015-2016)

En mayo del año 2013 se incorpora al despacho MONLEXHISPAJURIS y se especializa en Derecho Laboral y Mercantil. Actualmente desarrolla su actividad jurídica en el Departamento de Derecho Societario prestando asesoría legal a prestigiosas empresas y asociaciones del sector.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés.

Abogado de asesoría turística: Carolina Ruiz Ramirez Carolina Ruiz Ramirez Abogada especialista en Derecho Penal y Procesal

Licenciada en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU (1998). Colegiada en el Ilustre Colegio de los Abogados de Terrassa (Barcelona) con el número 1976. Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4452.

Oposición Judicatura años 1999-2002.

Realización de cursos de doctorado en la Universidad de les Illes Balears en Responsabilidad penal de las personas jurídicas; Derecho Penal y Constitución; El proceso penal de menores; El principio de no discriminación en el ámbito laboral; El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo; Análisis de la jurisprudencia desde el punto de vista práctico.

En la actualidad se encuentra realizando la tesis doctoral en materia penal.

Programa Ejecutivo Compliance Officer (Controller Jurídico) 2014 – 2015.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés

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