Asesoría legal turística Hosteltur

Preguntas y Respuestas

Pregunta 1064 hace 9 años en Hoteles

He abierto hace unas semanas un establecimiento turístico en la provincia de Zaragoza y en su día pedí la autorización turística para la apertura sin haber tenido respuesta de la administración por ya más de 4 meses. Sé que hace años había más requisitos que ahora, pero me da miedo que ahora que estoy funcionando me llegue una denegación de autorización para la actividad. ¿Puedo estar tranquila o he de preocuparme por el silencio administrativo?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Tu pregunta es complicada, porque, entre otras cosas, la Ley 6/2003 del Turismo de Aragón ha sufrido varias modificaciones, siendo cierto que la más relevante fue la Ley 3/2010, que cambió sustancialmente el régimen de autorización de las empresas prestadoras de servicios turísticos en tu Comunidad Autónoma por un régimen de comunicación previa y la consiguiente inscripción en el Registro de Turismo de Aragón únicamente a efectos informativos y publicitarios. Actualmente, rige el DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón, en el cual se establece (artículo 26.3) que, mientras no se trate tu establecimiento de un centro de esquí y montaña o de un parque temático, pasados más de tres meses desde la presentación de la solicitud de autorización sin que se haya notificado resolución expresa, podrías ya iniciar la actividad en virtud del silencio administrativo positivo. Cierto, también, que la administración puede valorar de nuevo la autorización en cualquier momento, pero en definitiva creo que no tienes por qué preocuparte.

Pregunta 1058 hace 9 años en Agencia de Viajes

Tenemos un grupo reservado para Inmaculada en Sierra Nevada. La estación va a abrir con una única pista verde y nuestros clientes se niegan a ir. Queremos devolverles el dinero pero el hotel no nos devuelve el pago de señal porque la estación estará abierta. No hay ningún contrato firmado, únicamente correos electrónicos. ¿Podemos exigir la devolución de la señal?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Si no hay contrato y el servicio incluye estancia y transporte para el grupo, habrá que estar a las condiciones de la reserva con el proveedor, que probablemente no incluyan devolución del precio en función de si las pistas están todas abiertas o no, pero en cualquier caso sugiero negociar con el hotel los gastos de cancelación, ya que la agencia queda en muy mala posición sin contrato con el cliente.

Pregunta 1057 hace 9 años en Agencia de Viajes

Hola: Unos viajeros contrataron un viaje a Madagascar con vuelos incluidos desde Paris. Los clientes compraron por internet con una compañía de bajo coste los vuelos Madrid-Paris - Madrid Air Madagascar cancelo sus vuelos y los reruteo con otra compañía aérea en otro horario. Esto supuso a los clientes unos gastos para cambiar sus billetes emitidos Madrid-Paris - Madrid y también tuvieron que pagar 2 noches de hotel en Paris. Air Madagascar se desentiende totalmente del problema. ¿Legalmente debe la agencia reembolsar a los clientes los gastos de cambio de vuelos y hoteles ?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Ello dependerá de si la contratación de los servicios de vuelo por Internet la realizó el cliente por su cuenta o si lo hizo a través de tu agencia, ya que en este último supuesto sí que deberías reembolsarle esos gastos y después intentar repetir en su caso contra la compañía aérea. Si contrataron esos vuelos por su cuenta y fuera de los servicios contratados en tu agencia, tú no eres responsable de ese coste.

Pregunta 1056 hace 9 años en Agencia de Viajes

Hola Amig@s en una venta de 9 personas me confundi de fecha y tuve que cambiar los billetes. me costo 60 € por persona. ¿Le podria reclamar este importe a mi seguro de Responsabilidad civil de la agencia ? Muchas gracias

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Si la agencia ha asumido previamente el importe, el seguro de RC probablemente no cubra, ya que sólo si el daño económico lo ha sufrido el cliente como consecuencia del error de la agencia cubrirá el seguro.

Pregunta 1051 hace 9 años en Hoteles

Nos dan la opción de un alquiler con opción a compra de una pensión de dos estrellas. ¿Qué tipo de contrato se debe hacer? por otro lado, queremos ver la posibilidad de cambiar su denominación a un B&B ¿qué requisitos debe cumplir un alojamiento hostelero para poder ser B&B y cómo debe de realizarse dicho cambio? Muchas gracias

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

El contrato de alquiler con opción a compra no está regulado como puede estarlo la compraventa o el alquiler, pero es un contrato legal y habrá que estar a su clausulado en cuanto a la voluntad consensuada de las partes. En cuanto a los requisitos para el cambio, y teniendo en cuenta que debes referirte al cambio de titularidad en la explotación, deberíamos primero conocer en qué ámbito territorial se contiene tu pregunta, ya que esta normativa varía en función de cada comunidad autónoma.

Pregunta 1049 hace 9 años en Hoteles

Buenas, ¿están obligados los establecimientos hoteleros a archivar en papel las fichas de policía? O solo con mandar el parte nocturno es suficiente? En caso afirmativo, ¿durante cuánto tiempo se han de archivar, y que ley, norma o decreto regula tal procedimiento? Muchas gracias, saludos.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

El fichero ha de mantenerse a disposición de los cuerpos de seguridad en un formato que permita su utilización como medio de prueba, siendo por supuesto el soporte papel físico el más adecuado, pero no por ello el único permitido. La regulación será la contenida tanto en la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, como en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa complementaria

Pregunta 1045 hace 9 años en Agencia de Viajes

He vendido un viaje a Nueva York para ocho personas, resulta que durante el viaje no pudieron realizar dos visitas porque hice mal la fecha de la contratación de las visitas, hemos conseguido que les devuelvan la mitad del precio y nosotros vamos a completar el precio, porque son cuatro parejas de mediana edad, y tal y como están las cosas actualmente, nos interesa mantenerlos como clientes y que estén contentos con nosotros. ¿Es correcto?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Efectivamente, lo más adecuado es proceder al abono del coste total de las visitas no realizadas. En este sentido, sería conveniente redactar un Escrito de Descargo y que sea firmado por todos los clientes, quedándose la Agencia de Viajes una copia del mismo. De esta forma, si en un futuro los clientes acudiesen a la Dirección General de Turismo para reclamar el pago de las visitas no realizadas, podríais justificarlo mostrando el escrito firmado.

Pregunta 1042 hace 9 años en Agencia de Viajes

Soy una Agencia de Viajes y tengo una amiga que acaba de constituir una Agencia de Viajes, como no tiene muchos clientes, me está proponiendo que ella organice un viaje y yo lo venda en mi Agencia, llevándome una comisión. Mi duda es si puedo hacerlo o estaría haciendo algo mal.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Hay que tener en cuenta que la Agencia de Viajes de tu amiga, está actuando como organizador del viaje, es decir, como mayorista. La normativa vigente establece que para que una empresa pueda vender viajes mediante otra Agencia de Viajes, debe estar constituida como mayorista o mayorista-minorista. En el caso de no estar constituida como tal, podrían realizarle una Inspección por la Dirección General de Turismo, pudiendo conllevar una sanción.

En tu caso, para poder vender los viajes organizados por tu amiga a los consumidores, debes estar constituida como Agencia de Viajes minorista.

Pregunta 1041 hace 9 años en Agencia de Viajes

Acaban de venir unos clientes de un viaje en crucero por el mediterráneo, en el viaje no le han puesto a los clientes en la suite del barco que habían contratado, los han colocado toda la travesía en un camarote de nivel inferior y ahora los clientes se están quejando. ¿Qué debo hacer?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Te recomendamos que se lo comuniques al Organizador del Viaje y, además, le solicites las debidas explicaciones, indicándole que deberá de hacer frente a la diferencia del coste de camarote.

No obstante, y en el supuesto que el Organizador no se quiera hacer cargo, indicarte que ambos respondéis de forma solidaria, frente al consumidor y usuario, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Por lo que, si el Organizador no se hace claro, el cliente podría reclamaros a vosotros esa diferencia de precio.

Pregunta 1040 hace 9 años en Agencia de Viajes

Tengo unos clientes que van a viajar a Japón y, ante los habituales movimientos sísmicos que se producen en la zona de destino, no sé si tengo obligación de informarles sobre los mismos, porque tengo miedo de que cancelen el viaje que han contratado, ya que es un viaje con un alto presupuesto.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Ante la venta de un viaje combinado o un servicio suelto, la Agencia de Viajes está obligada a informar al consumidor o usuario de la situación en la que se encuentra el destino donde viaja. Además, nuestra recomendación es que traslades la información mediante un medio que pueda dejar constancia por escrito, como puede ser un e-mail.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

Abogado de asesoría turística: Xavier Ferretjans Xavier Ferretjans Consultor en nuevas tecnologías

Más de 14 años de experiencia en cumplimiento normativo TIC, posee estudios de Derecho y certificaciones internacionales como Auditor Certificado de Sistemas de Información (CISA) y Manager de Seguridad de la Información (CISM).

Empezó trabajando como consultor y auditor de protección de datos en consultoras locales, adquiriendo experiencia suficiente para dar el salto a consultoras nacionales referentes del sector.

Actualmente se ha especializado en normas como ISO 27001, ISO 22301 o Esquema Nacional de Seguridad y Gestión del Riesgo.

Idiomas: Castellano e Inglés

Abogado de asesoría turística: Luisa González Pou Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

Graduada en Derecho y Máster de Abogacía por la Universidad de les Illes Balears (UIB). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears con el número 6480.

Se incorporó a MonlexHispajuris en 2016 y está especializada en responsabilidad civil corporativa.

Ejerce también en el departamento jurídico de una empresa del sector turístico.

Idiomas: Castellano

Abogado de asesoría turística: Carolina Ruiz Ramirez Carolina Ruiz Ramirez Abogada especialista en Derecho Penal y Procesal

Licenciada en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU (1998). Colegiada en el Ilustre Colegio de los Abogados de Terrassa (Barcelona) con el número 1976. Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4452.

Oposición Judicatura años 1999-2002.

Realización de cursos de doctorado en la Universidad de les Illes Balears en Responsabilidad penal de las personas jurídicas; Derecho Penal y Constitución; El proceso penal de menores; El principio de no discriminación en el ámbito laboral; El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo; Análisis de la jurisprudencia desde el punto de vista práctico.

En la actualidad se encuentra realizando la tesis doctoral en materia penal.

Programa Ejecutivo Compliance Officer (Controller Jurídico) 2014 – 2015.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés

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