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Preguntas y Respuestas en la categoría Hoteles

Pregunta 1088 hace 9 años en Hoteles

Compré para tres hotels en Sitges el PMS: PROTEL, entendí que se trataba de un programa hecho y mantenido con el rigor y la formalidad alemana Resulta que para españa lo adapta una empresa Italo-Española: Serenissima. Estos colocan y te dan apoyo post-venta sobre la cultura de la picaresca, es decir, la nube está en Italia y allí siempre hay problemas, por lo que las desconexiones son constantes. ¿Puedo hacer algo para que me den y garanticen el servicio que les contrate?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Debes notificar inmediatamente cualquier defecto a la empresa que te presta el servicio, a más tardar dentro de las dos semanas desde que lo constataste. Mira a ver en sus condiciones de contratación, porque normalmente sueles tener derecho a que arreglen los defectos o, en caso negativo, a reducir la remuneración pagada por los productos contractuales (canon o precio de compra) o para cancelar el pedido de los productos defectuosos contractuales en su elección.

Pregunta 1080 hace 9 años en Hoteles

Tengo un pequeño hotel rural con restaurante dentro del hotel y quería alquilar el restaurante a otra persona que se hiciera cargo solo del restaurante, separado del hotel.No se si esto es posible, ya que el restaurante forma una unidad con todo el hotel.Habría otra formula para hacerlo? Se que hay hoteles en los que el restaurante está a cargo de un chef, que lo gestiona.Muchas gracias.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Sí que es posible. Deberás conocer los requisitos de la normativa que rige según la Comunidad Autónoma del establecimiento, y si cumples con los requisitos formales, realizar el correspondiente contrato con el tercero que va a gestionar esa parte del negocio, tras pedir las licencias y autorizaciones que correspondan.

Pregunta 1078 hace 9 años en Hoteles

He convertido apartamentos que alquilaba por larga temporada en estancias por días, para las personas que vienen a Toledo, que yo sepa por más que he investigado, no existe en esta ciudad reglamentación alguna sobre esta actividad, por lo que me rijo por la LAU vigente, y así lo declaró a la Agencia Tributaria, no dando servicio de limpieza ni alimentación alguna a los inquilinos. ?Tengo que pedir alguna autorización administrativa?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

´La respuesta es sí. Aunque en Castilla la Mancha no hay regulación específica, tienes la aplicación de tu situación regulada en términos generales a través de la LEY 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha.

Pregunta 1071 hace 9 años en Hoteles

Buenas! Voy a montar un negocio de alojamientos turísticos portátiles para alquilar y que las personas pernocten en ellos, necesito saber todos los pasos que tengo que dar con las administraciones para oficializar el negocio, qué persona de hosteltur podría ser mi consultor en mi negocio? Gracias Tania

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

En asuntos de alojamiento turístico, va a depender todo muy mucho de la Comunidad Autónoma desde la que nos escribes, de modo que, como solicitas un consultor (asesor) sobre el asunto, en Tourism & Law estaremos encantados de conocerte y que nos cuentes tu proyecto.

Pregunta 1068 hace 9 años en Hoteles

Soy inversor inmobiliario. Recientemente una cadena hotelera española me ha firmado una LOI para alquilar el futuro hotel que sera administrado por ellos (marca internacional reconocida con mas de 60 hoteles) , hotel que debo de construir para alquilarlo por 15 años. En aras de poder negociar con la cadena el contrato de arrendamiento, preciso conocer el valor orientatívo del mercado (+/-) del alquiler de la propiedad. En este caso es para un hotel de categoría 5 estrellas con 200 habitaciones mas los espacios comunes (restaurante, espá, oficinas, loby, etc). Aproximadamente 15.000M2 de uso y disfrute. El hotel estará ubicado en centro de capital de ciudad extrajera. Mucha gracias por su orientación. Saludos

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Sin conocer más datos , es difícil indicar un precio orientativo, considerando, además, que existen muchas variables no solo relacionadas con la ciudad en la que se ubique, sino también en la zona, país, cargas hipotecarias si las hubiere, etc…

Pregunta 1066 hace 9 años en Hoteles

Tengo un hotelito en Málaga que voy a dejar la explotación a otra persona (no es empresa), ¿Me basta con comunicarlo a Turismo o tengo que aportar algo más? ¿Cuánto tiempo tengo para hacerlo? Gracias!

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Tienes 10 días desde que tenga lugar el cambio de titularidad de la explotación para comunicárselo a la Consejería de Turismo y Deporte, acompañando copia autenticada del DNI y el título jurídico que habilite al nuevo titular para la íntegra explotación del establecimiento. Además, en el supuesto de que la propiedad de las unidades de alojamiento se encuentre en régimen de copropiedad, comunidad o similar, deberá presentarse el certificado del Registro de la Propiedad que acredite que el interesado está habilitado para explotar la totalidad de las unidades (DECRETO 47/2004, de 10 de febrero, de establecimientos hoteleros, Andalucía).

Pregunta 1062 hace 9 años en Hoteles

Trabajo en un Hotel y siempre me surge la duda de si puedo fotocopiar el DNI del cliente al hacer el “check in”, y qué pasos he de dar para cumplir con la Ley.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Efectivamente, puedes fotocopiar el DNI del cliente y guardarlo en la ficha, pero has de tener en cuenta que deberás destruirlo en cuanto haga el “check out”, así como informarle por escrito de la posible cesión de los datos a los cuerpos de seguridad. Para eso, lo mejor es hacerlo en el documento de ficha de entrada, que todo establecimiento debería poseer.

Pregunta 1064 hace 9 años en Hoteles

He abierto hace unas semanas un establecimiento turístico en la provincia de Zaragoza y en su día pedí la autorización turística para la apertura sin haber tenido respuesta de la administración por ya más de 4 meses. Sé que hace años había más requisitos que ahora, pero me da miedo que ahora que estoy funcionando me llegue una denegación de autorización para la actividad. ¿Puedo estar tranquila o he de preocuparme por el silencio administrativo?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Tu pregunta es complicada, porque, entre otras cosas, la Ley 6/2003 del Turismo de Aragón ha sufrido varias modificaciones, siendo cierto que la más relevante fue la Ley 3/2010, que cambió sustancialmente el régimen de autorización de las empresas prestadoras de servicios turísticos en tu Comunidad Autónoma por un régimen de comunicación previa y la consiguiente inscripción en el Registro de Turismo de Aragón únicamente a efectos informativos y publicitarios. Actualmente, rige el DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón, en el cual se establece (artículo 26.3) que, mientras no se trate tu establecimiento de un centro de esquí y montaña o de un parque temático, pasados más de tres meses desde la presentación de la solicitud de autorización sin que se haya notificado resolución expresa, podrías ya iniciar la actividad en virtud del silencio administrativo positivo. Cierto, también, que la administración puede valorar de nuevo la autorización en cualquier momento, pero en definitiva creo que no tienes por qué preocuparte.

Pregunta 1051 hace 9 años en Hoteles

Nos dan la opción de un alquiler con opción a compra de una pensión de dos estrellas. ¿Qué tipo de contrato se debe hacer? por otro lado, queremos ver la posibilidad de cambiar su denominación a un B&B ¿qué requisitos debe cumplir un alojamiento hostelero para poder ser B&B y cómo debe de realizarse dicho cambio? Muchas gracias

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

El contrato de alquiler con opción a compra no está regulado como puede estarlo la compraventa o el alquiler, pero es un contrato legal y habrá que estar a su clausulado en cuanto a la voluntad consensuada de las partes. En cuanto a los requisitos para el cambio, y teniendo en cuenta que debes referirte al cambio de titularidad en la explotación, deberíamos primero conocer en qué ámbito territorial se contiene tu pregunta, ya que esta normativa varía en función de cada comunidad autónoma.

Pregunta 1049 hace 9 años en Hoteles

Buenas, ¿están obligados los establecimientos hoteleros a archivar en papel las fichas de policía? O solo con mandar el parte nocturno es suficiente? En caso afirmativo, ¿durante cuánto tiempo se han de archivar, y que ley, norma o decreto regula tal procedimiento? Muchas gracias, saludos.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

El fichero ha de mantenerse a disposición de los cuerpos de seguridad en un formato que permita su utilización como medio de prueba, siendo por supuesto el soporte papel físico el más adecuado, pero no por ello el único permitido. La regulación será la contenida tanto en la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, como en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa complementaria

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Joana Tremba Joana Tremba Abogada especialista en asesoría legal a empresas corporativas, OTAs, fundaciones y derecho sucesorio

Licenciada en Derecho por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (2003). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria (ICALPA) con el número 3759.

Sus primeros años de ejercicio se desarrollaron en un despacho de Abogados en Las Palmas de Gran Canaria, representando y defendiendo los intereses de particulares, nacionales y extranjeros, tanto judicial como extrajudicialmente. Asimismo, asesoró a diversas empresas encaminando su formación hacia el ámbito societario.

En el año 2008 se incorporó a MONLEXHISPAJURIS, en donde viene desarrollando su labor como abogada de empresa, así como a asociaciones y fundaciones ligadas al sector turístico con intereses a nivel internacional.

Idiomas: Castellano, Alemán e Inglés

Abogado de asesoría turística: Miquel Planas Font Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

Licenciado en Derecho por la Universidad de las Illes Balears (junio 2013). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears (ICAIB) con el número 5647.

Máster en Derecho de Sociedades por la Universidad de las Illes Balears (2015-2016)

En mayo del año 2013 se incorpora al despacho MONLEXHISPAJURIS y se especializa en Derecho Laboral y Mercantil. Actualmente desarrolla su actividad jurídica en el Departamento de Derecho Societario prestando asesoría legal a prestigiosas empresas y asociaciones del sector.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés.

Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

Abogado de asesoría turística: Xavier Ferretjans Xavier Ferretjans Consultor en nuevas tecnologías

Más de 14 años de experiencia en cumplimiento normativo TIC, posee estudios de Derecho y certificaciones internacionales como Auditor Certificado de Sistemas de Información (CISA) y Manager de Seguridad de la Información (CISM).

Empezó trabajando como consultor y auditor de protección de datos en consultoras locales, adquiriendo experiencia suficiente para dar el salto a consultoras nacionales referentes del sector.

Actualmente se ha especializado en normas como ISO 27001, ISO 22301 o Esquema Nacional de Seguridad y Gestión del Riesgo.

Idiomas: Castellano e Inglés

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