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Preguntas y Respuestas en la categoría Agencia de Viajes

Pregunta 1036 hace 10 años en Agencia de Viajes

Hola. He vendido un viaje a Granada con transporte, hotel y varias excursiones, van a ir una clase de alumnos menores de edad, tengo la autorización de sus padres. Mi duda es que al acompañarles varios profesores, quien debe firmar el contrato, los profesores o cada uno de los padres de los alumnos.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Al ser menores de edad, te indicamos que no tienen capacidad legal para contratar, por lo que deberá ser un adulto, ya sea algún profesor que viaje con ellos o un padre o tutor de algún alumno, el que contrate los servicios en nombre de los menores y, por lo tanto, el que firme el contrato de viaje combinado. Por ejemplo, puede firmar el contrato alguno de los profesores que, tal y como indicas, también realizará el viaje.

Pregunta 1031 hace 10 años en Agencia de Viajes

Contratamos unas bicicletas para hacer un BIKE TOUR en Peñíscola para un grupo turístico y al contratarlas nos enviaron un escrito diciendo que el casco era obligatorio pero no nos informaron del precio ni de que no se incluían. Cuando llegó el grupo no se lo dieron y tuvimos que cambiar la ruta ¿cómo hacerles llegar una reclamación formal? por email nos han contestado que no están de acuerdo.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenas tardes,

Entendemos que el proveedor del servicio os tendría que haber informado de que los clientes debían llevar consigo el casco, pero era vuestra obligación también el solicitarles las aclaraciones oportunas para que los pasajeros pudieran realizar el tour sin problema alguno. En cualquier caso, y en aras de reclamar al proveedor por su falta de información, y por los posibles daños ocasionados a los pasajeros, lo que tendrías que hacer es un escrito formal explicando lo sucedido y exigiendo una compensación para los clientes, debiendo enviarlo, por correo certificado con acuse de recibo, a la dirección postal que dispongas del proveedor en aras de dejar constancia del envío realizado por vuestra parte.

Un cordial saludo.

Pregunta 1029 hace 10 años en Agencia de Viajes

buenos días , me pueden asesorar en cuanto al iva que se debe pagar en estos casos: como agencia de viajes vendo billete aereo nacional origen y destino, a nivel internacional, cotización de un grupo circuito autobús nacional e internacional. Gracias

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días,

En el supuesto de transporte aéreo, la Dirección General de Tributos estableció en su consulta vinculante de 21 de mayo de 2013, que resultarán exentos del Impuesto los servicios de transporte de viajeros y sus equipajes procedentes de o con un destino a un aeropuerto situado fuera del territorio de aplicación del Impuesto (TAI), y ello con independencia de la titularidad del medio de transporte utilizado.

Cuando el transporte no tenga la consideración de internacional, estará sujeto y no exento por la parte del trayecto que transcurra en el TAI. Así, no existirá posibilidad de acudir a la exención cuando los transportes de viajeros y sus equipajes hayan iniciado el viaje en el territorio peninsular o Baleares y terminen el trayecto en los mismos territorios, aunque el avión continúe su viaje con destino a aeropuertos situados fuera del TAI. A estos efectos, el artículo 90.Uno.2.1º de dicha Ley establece que el tipo impositivo de IVA será el reducido del 10 por ciento.

Por su parte, la Ley 37/1992 establece que el transporte de viajeros (en este caso, por carretera) por la parte de trayecto que discurra por el TAI estarán gravados con un 10 por ciento de IVA.

Finalmente, es recomendable aclarar qué se denomina como territorio de aplicación del Impuesto. En nuestro caso, el TAI es el ámbito espacial en el que se aplicará el IVA, quedando éste limitado a la Península, las islas adyacentes y el mar territorial. Quedarán excluidas Canarias, Ceuta y Melilla.

Recibe un cordial saludo.

Pregunta 1027 hace 10 años en Agencia de Viajes

Hola. Hemos vendido un viaje a una familia y firmamos el contrato con toda la información necesaria pocos días antes de la salida del viaje. ¿Estoy haciéndolo bien?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

La legislación de consumidores y usuarios es bastante clara cuando establece la obligación por parte del organizador y/o detallista de poner a disposición de los clientes el programa o folleto informativo que contenga, por escrito, todo lo referente al viaje combinado, teniendo esta información plena validez y eficacia. Posteriormente, y en el momento de la realización de la reserva, y no unos días antes de la salida como nos indicas, deberás de entregarle el contrato de viaje combinado, que deberá contener las cláusulas y requisitos establecidos por ley.

Pregunta 1028 hace 10 años en Agencia de Viajes

Tengo unos clientes que llevan comprando viajes varios años y me piden que cambie la reserva de uno de ellos, porque van los hijos con las parejas y el hijo pequeño ha cambiado de pareja. Mi pregunta es: ¿Puedo cambiarles la reserva, porque el viaje es dentro de un mes y medio?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Se puede cambiar la reserva hasta 15 días antes de la salida del viaje, o incluso, si se ha pactado un plazo inferior en el contrato del viaje, se podría hacer hasta el plazo indicado. En este sentido, el cliente deberá de comunicarte por escrito que quiere ceder la reserva

Pregunta 91 hace 10 años en Agencia de Viajes

Trabajo en una agencia de viajes. Hace unos meses vendí a una pareja un viaje a Cuba y les informé de la necesidad de llevar el visado y de que nosotros no se lo podíamos tramitar. Ayer me llamaron diciendo que no les había avisado y que les devolviese el dinero del viaje porque finalmente no lo habían podido realizar. He llamado a los hoteles, a los guías de las excursiones, a la empresa de alquiler de coches etc. para anularlos y me han dicho que no van a devolver el dinero.¿Tenemos que devolver el dinero del viaje a los viajeros?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días,

Lo más importante es comprobar si en el folleto informativo, programa y/o contrato de viaje combinado, suministrado a los clientes con antelación a la contratación, se informa sobre la necesidad de llevar visado para poder entrar en Cuba y que vuestra Agencia no se encargara de la tramitación del mismo. No obstante, y ante la falta de información en cuanto al caso expuesto, si necesitases alguna otra aclaración, no dudes en contactar con nosotros en el mail mpabad@tandl.es.

Recibe un cordial saludo.

Pregunta 92 hace 10 años en Agencia de Viajes

Soy directora de una agencia de viajes y en una reserva que sale la semana que viene el cliente me dice que va a ceder el viaje a otra persona distinta, con lo que ello implica de documentación y demás. Tengo ya todo confirmado por la mayorista y no quiero meter la pata ni trabajar en balde. Gracias!

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Espero llegar a tiempo a tu pregunta. Debería conocer más detalles de la reserva, pero si no has pactado nada en contrario en el contrato de viaje combinado, el cliente que mencionas (contratante principal) no puede ceder su reserva a otro (cesionario) con menos de 15 días de antelación a la fecha de inicio del viaje.

Pregunta 58 hace 10 años en Agencia de Viajes

Si quisiera establecer una empresa turística que ofreciera ruta guiadas en Castilla La Mancha ¿tendría que establecerme como Agencia de Viajes? o simplemente podría ser una empresas de servicios turisicos?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años


Buenos días,

Ante la amplitud de la pregunta que nos trasladas, en principio podemos decirte que estarías en la obligación de constituirte como agencia de viajes siempre y cuando los servicios que ofrecieras fueran viajes combinados. Respecto a la normativa en materia de Turismo de Castilla La Mancha, la misma viene establecida, entre otras, en la Ley 7/2009, de 17 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/ CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los Servicios en el Mercado Interior.

Recibe un cordial saludo,

Pregunta 55 hace 10 años en Agencia de Viajes

Buenos días,Estaría interesada en saber que requisitos son necesarios para la creación de una agencia de viajes on line en la que en principio la venta de servicio serían solamente excursiones de día. Me han comentado que podría ser como Agente de viajes freelance, pero desconozco si estos agentes tienen algún tipo de requisito como la fianza individual.Del mismo modo me gustaría conocer dónde puedo encontrar la legislación vigente en lo que se refiere a esta materia.Muchas gracias Un saludo

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días,

Te informamos de que, desconociendo cual es la comunidad autónoma donde querrías ejercer tu actividad profesional, en principio, si lo que quieres vender son única y exclusivamente servicios sueltos, no estarías obligada a constituirte como agencia de viajes, debiendo, no obstante, realizar las gestiones necesarias, como sociedad o como autónomo, para que los servicios que prestes se adapten a la legislación vigente. Si por el contrario, lo que vas a vender son también viajes combinados, deberás de constituirte como agencia de viajes cuya forma puede ser como sociedad o como autónomo, teniendo en cuenta la legislación sobre agencias de viajes de tu comunidad autónoma correspondiente. Saludos

Pregunta 56 hace 10 años en Agencia de Viajes

Hola, como se puede denunciar a asociaciones de amas de casa, jubilados,parados etc etc que venden y publicitan con carteles por los pueblos, viajes en autobus y hotel a costas. Gracias,

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días,

Por lo que nos indicas, parece ser que estas personas están ofreciendo viajes combinados (transporte más alojamiento), hecho que, desde la Directiva de Liberalización de servicios, queda reservado únicamente a las agencias de viajes legalmente constituidas. Ante esta situación, deberás de tener mucho cuidado si no dispones de las pruebas necesarias que acreditan que dichas personas están vendiendo viajes combinados sin la preceptiva licencia. Por lo tanto, nuestro consejo es que recabes todas las pruebas y documentación necesaria, e interpongas reclamación o denuncia ante la Inspección de turismo de la comunidad autónoma donde proceda.

Recibe un cordial saludo.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Luisa González Pou Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

Graduada en Derecho y Máster de Abogacía por la Universidad de les Illes Balears (UIB). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears con el número 6480.

Se incorporó a MonlexHispajuris en 2016 y está especializada en responsabilidad civil corporativa.

Ejerce también en el departamento jurídico de una empresa del sector turístico.

Idiomas: Castellano

Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

Abogado de asesoría turística: José Antonio Fernández de Alarcón Roca José Antonio Fernández de Alarcón Roca Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma Madrid (1987). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB).

Como Abogado y socio del Despacho MonLex-Hispajuris, desarrolla distintas especialidades jurídicas al servicio tanto de clientes particulares como de empresas. (Áreas: mercantil, civil, litigios, fiscal, laboral, familia, penal)., siendo además miembro del Consejo de Administración de Hispajuris, primera red de Bufetes españoles (www.hispajuris.com) con más de 40 despachos asociados en toda España.

Asesorando desde hace más de 20 años a empresas de prestigio nacional e internacional por todos los países donde han proyectado diversificar y desarrollar su marca o negocio, siendo actualmente asesores jurídicos de conocidas Cadenas Hoteleras, Agencias y TTOO implantadas en numerosos países internacionales, así como de empresas proveedoras y/o suministradoras de servicios de restauración y, en general, vinculadas al sector turístico y empresarial. Director del Departamento Jurídico Nacional e Internacional de la Cadena Hotelera Riu, desde 1987.

Actualmente es miembro de la Junta Directiva de las siguientes Asociaciones Empresariales: Agrupación de Cadenas Hoteleras, Asociación de Inversores Hoteleros de Ámbito Internacional (Inverotel), que reúne a las mayores Cadenas Hoteleras españolas internacionales, Agrupación para el Progreso de la Dirección (APD), además, es Vicepresidente de la Agrupación Hotelera de la Playa de Palma, que es la principal Asociación Hotelera de Mallorca. Es coordinador de la Red Internacional de Despachos MonLex: República Dominicana, Portugal, Cabo Verde, Túnez, Jamaica, Bulgaria, Costa Rica, Reino Unido, USA, Francia, Chipre a y México (y en otros muchos países) red especializada en la asesoría legal a Empresas.

Secretario de la Fundación Junípero Serra, especializada en la Formación de Master Empresarial Turístico junto con IESE y The Wharton Scholl.

Ha representado también a ZONTUR (Agrupación de Empresarios de Zona Turística de España) ante la HOTREC en Bruselas. (Confederación de Hoteles y Restaurantes Europea).

También ha estado vinculado al mundo de la docencia desde 1992 como Profesor de Relaciones Laborales y de Derecho Mercantil en el Centro de Formación Empresarial de Baleares.

Áreas de especialidad: Derecho Mercantil e Inversiones Turísticas nacionales e Internacionales.

Idiomas: Español e Inglés

Abogado de asesoría turística: Marc Ripoll Marc Ripoll Abogado especialista en Derecho Mercantil, societario, civil e internacional

Licenciado en Derecho Europeo, Internacional y Comparado de los negocios por la Universidad de Le Havre (Francia). Título Homologado al de “Licenciado en Derecho” (España). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4692.

A lo largo de su carrera profesional ha trabajado en diversos despachos de abogados en Francia, el Reino Unido y España. Se incorporó a MONLEXHISPAJURIS en el año 2006.

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