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Preguntas y Respuestas en la categoría Agencia de Viajes

Pregunta 1061 hace 9 años en Agencia de Viajes

SI UN CLIENTE TIENE SEGURO DE CANCELACION Y NO VIAJA POR ASUNTOS CONTEMPLADO SUPUESTAMENTE EN LAS CLAUSULAS DE CANCELACION , Y EL CLIENTE SE NIEGA A QUE LE PAGUE LA ASEGURADORA QUERIENDO RECLAMAR EL 100% A LA AGENCIA ... QUE SE HACE

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Habrá que ver en primer lugar si la causa de cancelación está justificada y, en segundo lugar, por qué razón la cobertura de la póliza no llega al 100%. Según los datos que mencionas, todo parece apuntar a que el cliente solicitará la devolución del total en base a una información de cobertura de siniestro que entendió total según la información suministrada por la agencia al tiempo de la contratación.

Pregunta 1063 hace 9 años en Agencia de Viajes

Tengo una Agencia de Viajes a pie de calle en Madrid, y un cliente me ha dicho que me iba a poner una hoja de reclamación, pero en lugar de pedirme los modelos legalizados que yo tengo a disposición en la agencia, me ha dicho que lo va a mandar directamente por escrito a Turismo. ¿Puede hacer eso?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

El consumidor puede reclamar ante la Administración competente en materia sancionadora por infracción de normas de consumo a través de las hojas de reclamación, pero es cierto que también puede dirigirse directamente a la Administración por escrito enviando él directamente la queja, según se establece en el artículo 30.2 del Decreto 1/2010 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

Pregunta 1058 hace 9 años en Agencia de Viajes

Tenemos un grupo reservado para Inmaculada en Sierra Nevada. La estación va a abrir con una única pista verde y nuestros clientes se niegan a ir. Queremos devolverles el dinero pero el hotel no nos devuelve el pago de señal porque la estación estará abierta. No hay ningún contrato firmado, únicamente correos electrónicos. ¿Podemos exigir la devolución de la señal?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Si no hay contrato y el servicio incluye estancia y transporte para el grupo, habrá que estar a las condiciones de la reserva con el proveedor, que probablemente no incluyan devolución del precio en función de si las pistas están todas abiertas o no, pero en cualquier caso sugiero negociar con el hotel los gastos de cancelación, ya que la agencia queda en muy mala posición sin contrato con el cliente.

Pregunta 1057 hace 9 años en Agencia de Viajes

Hola: Unos viajeros contrataron un viaje a Madagascar con vuelos incluidos desde Paris. Los clientes compraron por internet con una compañía de bajo coste los vuelos Madrid-Paris - Madrid Air Madagascar cancelo sus vuelos y los reruteo con otra compañía aérea en otro horario. Esto supuso a los clientes unos gastos para cambiar sus billetes emitidos Madrid-Paris - Madrid y también tuvieron que pagar 2 noches de hotel en Paris. Air Madagascar se desentiende totalmente del problema. ¿Legalmente debe la agencia reembolsar a los clientes los gastos de cambio de vuelos y hoteles ?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Ello dependerá de si la contratación de los servicios de vuelo por Internet la realizó el cliente por su cuenta o si lo hizo a través de tu agencia, ya que en este último supuesto sí que deberías reembolsarle esos gastos y después intentar repetir en su caso contra la compañía aérea. Si contrataron esos vuelos por su cuenta y fuera de los servicios contratados en tu agencia, tú no eres responsable de ese coste.

Pregunta 1056 hace 9 años en Agencia de Viajes

Hola Amig@s en una venta de 9 personas me confundi de fecha y tuve que cambiar los billetes. me costo 60 € por persona. ¿Le podria reclamar este importe a mi seguro de Responsabilidad civil de la agencia ? Muchas gracias

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Si la agencia ha asumido previamente el importe, el seguro de RC probablemente no cubra, ya que sólo si el daño económico lo ha sufrido el cliente como consecuencia del error de la agencia cubrirá el seguro.

Pregunta 1045 hace 9 años en Agencia de Viajes

He vendido un viaje a Nueva York para ocho personas, resulta que durante el viaje no pudieron realizar dos visitas porque hice mal la fecha de la contratación de las visitas, hemos conseguido que les devuelvan la mitad del precio y nosotros vamos a completar el precio, porque son cuatro parejas de mediana edad, y tal y como están las cosas actualmente, nos interesa mantenerlos como clientes y que estén contentos con nosotros. ¿Es correcto?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 9 años

Efectivamente, lo más adecuado es proceder al abono del coste total de las visitas no realizadas. En este sentido, sería conveniente redactar un Escrito de Descargo y que sea firmado por todos los clientes, quedándose la Agencia de Viajes una copia del mismo. De esta forma, si en un futuro los clientes acudiesen a la Dirección General de Turismo para reclamar el pago de las visitas no realizadas, podríais justificarlo mostrando el escrito firmado.

Pregunta 1041 hace 10 años en Agencia de Viajes

Acaban de venir unos clientes de un viaje en crucero por el mediterráneo, en el viaje no le han puesto a los clientes en la suite del barco que habían contratado, los han colocado toda la travesía en un camarote de nivel inferior y ahora los clientes se están quejando. ¿Qué debo hacer?

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Te recomendamos que se lo comuniques al Organizador del Viaje y, además, le solicites las debidas explicaciones, indicándole que deberá de hacer frente a la diferencia del coste de camarote.

No obstante, y en el supuesto que el Organizador no se quiera hacer cargo, indicarte que ambos respondéis de forma solidaria, frente al consumidor y usuario, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Por lo que, si el Organizador no se hace claro, el cliente podría reclamaros a vosotros esa diferencia de precio.

Pregunta 1042 hace 10 años en Agencia de Viajes

Soy una Agencia de Viajes y tengo una amiga que acaba de constituir una Agencia de Viajes, como no tiene muchos clientes, me está proponiendo que ella organice un viaje y yo lo venda en mi Agencia, llevándome una comisión. Mi duda es si puedo hacerlo o estaría haciendo algo mal.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Hay que tener en cuenta que la Agencia de Viajes de tu amiga, está actuando como organizador del viaje, es decir, como mayorista. La normativa vigente establece que para que una empresa pueda vender viajes mediante otra Agencia de Viajes, debe estar constituida como mayorista o mayorista-minorista. En el caso de no estar constituida como tal, podrían realizarle una Inspección por la Dirección General de Turismo, pudiendo conllevar una sanción.

En tu caso, para poder vender los viajes organizados por tu amiga a los consumidores, debes estar constituida como Agencia de Viajes minorista.

Pregunta 1040 hace 10 años en Agencia de Viajes

Tengo unos clientes que van a viajar a Japón y, ante los habituales movimientos sísmicos que se producen en la zona de destino, no sé si tengo obligación de informarles sobre los mismos, porque tengo miedo de que cancelen el viaje que han contratado, ya que es un viaje con un alto presupuesto.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Ante la venta de un viaje combinado o un servicio suelto, la Agencia de Viajes está obligada a informar al consumidor o usuario de la situación en la que se encuentra el destino donde viaja. Además, nuestra recomendación es que traslades la información mediante un medio que pueda dejar constancia por escrito, como puede ser un e-mail.

Pregunta 1038 hace 10 años en Agencia de Viajes

Hola. Mi pregunta es la siguiente. Las agencias están obligadas a entregar y firmar un contrato de viajes combinado en el momento de efectuar la reserva de un paquete vacacional. En el caso de los servicios sueltos... Ejemplo: vuelos a Nueva York con iberia, hotel con mayorista de estancias, traslados con otro mayorista y seguro por ejemplo con Intermundial... estaríamos también obligados a entregar contrato de viajes combinados? Podríais aclararnos en que caso es necesario entregarlo y en que casos no? Ejemplo sólo estancia en pensión completa en hotel, sólo vuelo más hotel (vuelo amadeus + estancia con consolidador de hoteles), sólo vuelo más hotel pero con una mayorista (Ejemplo travelplan o soltour, no paquete vacacional). Muchas gracias y un saludo.

Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años

Buenos días, Efectivamente y como bien comentas, las agencias de viajes están obligadas a entregar el contrato de viaje combinado a sus clientes en el momento de la reserva. Por lo tanto, y ante la duda trasladada, en los casos en que debe de entregarse dicho contrato, será cuando nos encontramos ante un viaje combinado, entendiendo por tal la combinación previa de, por lo menos, dos de los siguientes elementos (transporte, alojamiento y otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento y que constituyan una parte significativa del viaje combinado), vendida u ofrecida en venta con arreglo a un precio global, cuando dicha prestación sobrepase las 24 horas o incluya una noche de estancia. En aquellos supuestos en los que la agencia de viajes minorista organice el viaje combinado, mediante la contratación de diferentes elementos, deberá de ser ésta la que entregue el citado contrato al consumidor final.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: José Pradel Alfaro José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1972). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 880.

Ejerce como abogado fiscalista en despacho propio desde 1978 y se incorpora como socio, en 2004, a la firma MONLEX, en la que desarrolla su actividad.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente impartiendo seminarios de formación para empresas.

Abogado de asesoría turística: Carolina Ruiz Ramirez Carolina Ruiz Ramirez Abogada especialista en Derecho Penal y Procesal

Licenciada en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU (1998). Colegiada en el Ilustre Colegio de los Abogados de Terrassa (Barcelona) con el número 1976. Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4452.

Oposición Judicatura años 1999-2002.

Realización de cursos de doctorado en la Universidad de les Illes Balears en Responsabilidad penal de las personas jurídicas; Derecho Penal y Constitución; El proceso penal de menores; El principio de no discriminación en el ámbito laboral; El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo; Análisis de la jurisprudencia desde el punto de vista práctico.

En la actualidad se encuentra realizando la tesis doctoral en materia penal.

Programa Ejecutivo Compliance Officer (Controller Jurídico) 2014 – 2015.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés

Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

Abogado de asesoría turística: Joana Tremba Joana Tremba Abogada especialista en asesoría legal a empresas corporativas, OTAs, fundaciones y derecho sucesorio

Licenciada en Derecho por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (2003). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria (ICALPA) con el número 3759.

Sus primeros años de ejercicio se desarrollaron en un despacho de Abogados en Las Palmas de Gran Canaria, representando y defendiendo los intereses de particulares, nacionales y extranjeros, tanto judicial como extrajudicialmente. Asimismo, asesoró a diversas empresas encaminando su formación hacia el ámbito societario.

En el año 2008 se incorporó a MONLEXHISPAJURIS, en donde viene desarrollando su labor como abogada de empresa, así como a asociaciones y fundaciones ligadas al sector turístico con intereses a nivel internacional.

Idiomas: Castellano, Alemán e Inglés

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